Manual Para Consultar Su Historia Laboral En Colpensiones
Si tiene dudas acerca de como obtener su historia laboral en colpensiones puede acceder al manual de instrucciones creado por Colpensiones para acceder a sus semanas cotizadas facilmente. El documento que deberá decargar es el #17.
Y lo más importante, también aprenderá a analizar y entender el reporte descargado sobre los aportes realizados a pensión.
Para acceder a la zona de descargas gratuitas CLIC AQUÍ, recuerde que debe descargar el documento #17.
Hemos creado un tutorial paso a paso para hacer la consulta de todo el reporte de semanas cotizadas accediendo a su cuenta de afiliado en el portal de Colpensiones. Esto lo puede hacer desde la comodidad de su casa.
No importa si no está registrado, allí explicamos por medio de un vídeo como hacer el registro en la zona de trámites y consultas en línea, es muy fácil y rápido.
Ir al tutorial de consulta de la historia laboral del afiliado
Muchos de nuestros lectores nos preguntan: ¿que debo hacer cuando faltan semanas cotizadas en mi historia laboral? ¿se pueden recuperar esas semanas? ¿que debo hacer?
Existen dos opciones, dependiendo del caso puede recurrir a una de ellas.
OPCION 1:
- Cuando usted trabajo en una empresa seria, por lo tanto usted esta completamente seguro de que la empresa hizo los aportes oportunamente sin falta alguna. Pero en el historial laboral no aparecen.
En este caso usted debe ir donde ese empleador o empresa y pedir copia de los aportes a pensión o seguridad social y presentarlos ante Colpensiones o el fondo privado de pensiones mediante un oficio, anexando la copia original de los soportes de pensión que le entregó el empleador o empresa.
Es importante que usted tenga una copia con el recibido debidamente firmado con hora y fecha por la persona que le recepcionó dicho documento, ademas de las copias de los soportes anexados.
Todas estas recomendaciones se hace con el fin de agilizar los tramites, ademas que usted debe soportar con pruebas como los desprendibles de pago, para que su solicitud sea atendida.
Todo este procedimiento se explica muy claramente en este articulo «Corrección Semanas Cotizadas»
OPCION 2:
- Si usted trabajo en una empresa y ésta realmente no hizo los pagos de los aportes de pensión o seguridad social usted debe acudir ante su fondo de pensiones y decirle que: «a su nombre y de manera inmediata inicie las acciones de cobro contra la empresa que no hizo los aportes a pensión.
Esto lo ampara el artículo 24 de la ley 100 de 1993, que obliga a los fondos de pensiones a iniciar las acciones judiciales de cobro en contra de las empresas morosas.
De tal manera que en este último caso, el fondo de pensiones esta en la obligación de iniciar las acciones legales en contra de la empresa o empleador que no hizo los aportes de manera correcta.
Pese a que a diario se realizan campañas sobre como estar al día con la historia laboral, Colpensiones no deja de recibir esta clase de solicitudes, pues son casos del día a día, para lo que se vienen adelantando campañas de toma de conciencia laboral
Donde los mas beneficiados son los trabajadores, pues al tener conocimiento del estado de su historia laboral, puede tener presente que cantidad de semanas ha cotizado, y cuantas le faltan para cumplir la meta.
Teniendo orden y conocimiento sobre la historia laboral se evitaran toda clase de altercados a la hora de realizarse la solicitud de pensión.




Gozo de la ley de transición y tengo 1708 semanas según la historia laboral,con esas semanas me pagan el noventa por ciento, si o no. La edad la cumplo el primero de enero del 2014 hay que pedir cita o no
El monto de la pension no se define solamente por la cantidad de semanas cotizadas, se tiene en cuenta el ingreso promedio de los ultimos 10 años y el monto de los aportes.
doctor mi pregunta es la siguiente yo tengo 62 años y tengo 874 semanas cotizadas escuche por television de un decreto del presidente santos decreto 604 de abril del 2013 que dice que uno puede pagar a colpensiones las semanas que le hacen falta a uno para pensionarse muchas gracias por su colaboracion
Buen dia Rosalba, ¡ excelente pregunta !, el decreto que usted menciona permite que las personas que no tengan pension puedan acceder a una renta vitalicia para garantizar una vejez digna, quienes pertenecen a Colpensiones pueden abrir una cuenta BEPS (Beneficios Económicos Periódicos), para que aporten en esta cuenta cuando no puedan hacer los aportes en el sistema general de pensiones. Pero no pueden hacer aportes simultaneos en el mismo mes. Los aportes pueden ser por el valor y en el momento que la persona pueda.
En conclusion las personas que en el sistema general de pensiones no alcancen a pensionarse pueden acceder a los BEPS y asi gozar de una renta vitalicia. Esta cuenta BPES puede abrirla en los puntos de atencion de Colpensiones.
haber como hago para saber cuantas semanas tengo cotizadas
En la siguiente pagina hemos creado un tutorial de como consultar su historia laboral
Mi papa trabajo con unos contratistas que nunca le cotizaron esas semanas a Colpensiones, son mas o menos 5 años que le estan haciendo falta para quedar bajo regimen de transicion; en este caso que se podria hacer para que esos empleadores (contratistas) respondan, teniendo en cuenta que no existe ninguna copia del contrato de trabajo.
Muy bien Nury, ahora esta mejor, puedes ampararte en el articulo 24 de la ley 100 de 1993. Todo esta explicado muy bien en el articulo arriba explicado. El fondo de pension es quien debe adelantar las acciones judiciales contra las empresas o personas morosas en los pagos.
Muchas Gracias
Pero consultando ese articulo es necesario demostrar con la copia de un contrato el tiempo de trabajo esto es algo imposible porque no existe ningún soporte, incluso uno de esos empleadores que fueron personas naturales ya fallecieron.
Nury, creo que debes fijarte en la opcion 2, en donde debes ampararte en el articulo 24 de la ley 100 /93. Ya que como manifestaste en un comentario anterior los empleadores nunca hicieron los pagos. En este caso la opcion 1 no es la adecuada. FIjate en la opcion 2 que se expone.
Buen Dia
Agradezco me indique que pagina o que documento puedo consultar la opción 2 del articulo 24 de la ley 100/93 puesto que en las interpretaciones que he encontrado no habla nada de como proceder cuando faltan tiempos en la historia laboral y no se tiene copia de los contratos de trabajo.
Necesito saber que acciones legales o que tramites debo emprender.
Hola Nury,
Alli explico muy claro lo que debe hacer: «debe ir a su fondo de pension y decirle (mediante un oficio, claro, para que quede constancia) que inicie las acciones de cobro judiciales pertinentes contra el empleador, tal como lo establece el articulo 24 de la ley 100 de 1993»
El caso anterior es si usted esta segura que su empleador no hizo los pagos, pero si el hizo los pagos, debe pedirle copia de las planillas de pago.
Dr.Rivas buenas noches.
Mi pregunta es la siguiente:tengo 56 anos trabaje por espacio de 18 anos en colombia 1978/1996) y llevo dos anos cotizando como independiente.
Mi historial laboral solo me arrojan todo el 1995 y seis meses del ano 1996, tambien lo que he aportado como independiente, lo demas no aparece. Pedi me corrigieran esto a colpensiones y mande varias formas para esto, pero no logro entender como llenar la forma No.3 me dicen que EL FORMATO 3 DEBE TENER INCONSISTENCIAS POSTERIORES AL 94, ALLI NO PUEDE COLOCAR FECHAS ANTERIORES..
Por favor ayudeme …no se que fecha debo colocar en este formato?
Le agradezco inmensamente toda su ayuda e informacion.
Debe usar el formulario 2 para correcciones de 1969 hasta diciembre de 1995, ya que el formulario 3 es solo para correcciones del 95 en adelante. Recuerde que también debe llenar el formulario 1 en cualquier caso.