Consulta de La Historia Laboral En Colpensiones: Cómo Hacer La Corrección, Paso A Paso

Manual Para Consultar Su Historia Laboral En Colpensiones

Historia Laboral ColpensionesSi tiene dudas acerca de como obtener su historia laboral en colpensiones puede acceder al manual de instrucciones creado por Colpensiones para acceder a sus semanas cotizadas facilmente. El documento que deberá decargar es el #17.

Y lo más importante, también aprenderá a analizar y entender el reporte descargado sobre los aportes realizados a pensión.

Para acceder a la zona de descargas gratuitas CLIC AQUÍ, recuerde que debe descargar el documento #17.

Hemos creado un tutorial paso a paso para hacer la consulta de todo el reporte de semanas cotizadas accediendo a su cuenta de afiliado en el portal de Colpensiones. Esto lo puede hacer desde la comodidad de su casa.

No importa si no está registrado, allí explicamos por medio de un vídeo como hacer el registro en la zona de trámites y consultas en línea, es muy fácil y rápido.

Ir al tutorial de consulta de la historia laboral del afiliado

Muchos de nuestros lectores nos preguntan: ¿que debo hacer cuando faltan semanas cotizadas en mi historia laboral? ¿se pueden recuperar esas semanas? ¿que debo hacer?

Existen dos opciones, dependiendo del caso puede recurrir a una de ellas.

OPCION 1:

  • Cuando usted trabajo en una empresa seria, por lo tanto usted esta completamente seguro de que la empresa hizo los aportes oportunamente sin falta alguna. Pero en el historial laboral no aparecen.

En este caso usted debe ir donde ese empleador o empresa y pedir copia de los aportes a pensión o seguridad social y presentarlos ante Colpensiones o el fondo privado de pensiones mediante un oficio, anexando la copia original de los soportes de pensión que le entregó el empleador o empresa.

Es importante que usted tenga una copia con el recibido debidamente firmado con hora y fecha por la persona que le recepcionó dicho documento, ademas de las copias de los soportes anexados.

Todas estas recomendaciones se hace con el fin de agilizar los tramites, ademas que usted debe soportar con pruebas como los desprendibles de pago, para que su solicitud sea atendida.

Todo este procedimiento se explica muy claramente en este articulo «Corrección Semanas Cotizadas»

OPCION 2:

  • Si usted trabajo en una empresa y ésta realmente no hizo los pagos de los aportes de pensión o seguridad social usted debe acudir ante su fondo de pensiones y decirle que:  «a su nombre y de manera inmediata inicie las acciones de cobro contra la empresa que no hizo los aportes a pensión.

Esto lo ampara el artículo 24 de la ley 100 de 1993, que obliga a los fondos de pensiones a iniciar las acciones judiciales de cobro en contra de las empresas morosas.

De tal manera que en este último caso, el fondo de pensiones esta en la obligación de iniciar las acciones legales en contra de la empresa o empleador que no hizo los aportes de manera correcta.

Pese a que a diario se realizan campañas sobre como estar al día con la historia laboral, Colpensiones no deja de recibir esta clase de solicitudes, pues son casos del día a día, para lo que se vienen adelantando campañas de toma de conciencia laboral

Donde los mas beneficiados son los trabajadores, pues al tener conocimiento del estado de su historia laboral, puede tener presente que cantidad de semanas ha cotizado, y cuantas le faltan para cumplir la meta.

Teniendo orden y conocimiento sobre la historia laboral se evitaran toda clase de altercados a la hora de realizarse la solicitud de pensión.

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Abogado Antonio Rivas

Abogado Antonio Rivas

Antonio Rivas es egresado de University of California, Berkeley. Doctor en derecho, con varias especializaciones en derecho, entre ellas: Derecho Laboral, Derecho de Familia, Derecho Migratorio, Derecho Civil y Derecho Penal. Encantado de compartir mis conocimientos por medio de este sitio web.

Bendiciones y muchos éxitos.

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480 comentarios

  1. Buenas noches Doctor:

    Trabaje con el ministerio de educacion nal. del l de julio 1965 hasta el l8 de octubre de 1981(842) semanas, naci en 1949, a que tengo derecho, resido en el exterior y me gustaria saber si puedo acceder a los beneficios del Decreto 0604/2013.

    Gracias

    MARIA M MARTINEZ B

    • Buen dia Maria.
      Ya puede acceder a este beneifico pero seria mejor que mirara la opción de una imdemnizacion sustitutiva puesto que tiene la edad para la pension de vejez pero no las semanas cotizadas. Estudie las dos opciones y cual de ellas le resulta mejor. Aun Colpensiones es muy negligente en dar la información oportuna sobre el los BEPS creados con la ley que usted menciona.

  2. Buen dia doctor, espero este bien,
    Tengo 56 años, y 1.085 semanas cotizadas, no se si ya puedo acceder a mi pensión, algunos me dicen que si y otros que no,por algo relacionado con el régimen de transición y que debía tener cierta cantidad de semanas para que me cubriese el anterior régimen. la información no es muy clara y en ocasiones contradictoria, quisiera saber si usted me puede ayudar dandome claridad al respecto, mil gracias por su atención

    • Buen dia,

      Para ser beneficiaria del regimen de transicion debia tener a primero de abril del año 93, 40 o mas años de edad, segundo; tener 15 o mas años de aportes.

      Si no es beneficiaria de dicho regimen: Se pensiona al cumplir 57 años de edad y a partir del 1° de enero de 2014 debe tener 1.300 semanas, para pensionarse en este año debia tener minimo 1.250 semanas, aunque la edad la tiene (requisito 55 años.). De tal manera que para el 2.014 aumentan 50 semanas mas y 2 años mas de edad (57).

      • Doctor Gracias por su respuesta, pero aún me queda una inquietud, si como usted me dice a partir del año entrante se sube la cantidad de semanas cotizadas a 1.300 y al tener yo cotizadas 1.085 eso quiere decir que aún me faltan 215 semanas es decir 5 AÑOS mas de cotizar? tengo 56 años y esperar 5 años más para pensionarme me parece muy dificil, que posibilidades tengo?
        Agradezco inmensamente su ayuda.
        Cordial Saludo

        • Buen dia Maria,

          Si esta en el regimen de prima media (Colpensiones) puede pedir una indemnizacion sustitutiva cuando cumpla la edad para pensionarse. Aunque hay algo que muchas personas desconocen, es que el estado puede completar esas semanas que quedaron faltando a traves del fondo de solidaridad administrado por el fondo prosperar (remitase al articulo 18 y 71 de la ley 100).

  3. buen dia doctor:
    despues de haber cotizado por 15 años aproximadamente con el i.s.s
    me pase a un fondo privado de pensiones (porvenir), de ello hace ya 8 años, quiero q me aconseje por favor,si sigo con dicho fondo o que debo hacer para nuevamente cotizar con colpensiones? muchas
    gracias dr.

    • Buen dia,

      Siempre recomiendo los fondos del estado (aunque los procesos son mas lentos y otros aspectos que incomodan, pero al final son mayores los beneficios) Puede pasarse nuevamente a Colpensiones siempre y cuando no le falten menos de 10 años para obtener la pension.

  4. buenos dias , cotice en mi vida laboral (desde 1971),1607 semanas y al momento de llegarme la pension me llego con el 76 % si segun abogados tengo derecho del 85% en adelante , de esas 1607 hay unos 60 semanas cotizadas con el sector oficial.

    • Dependiendo de la fecha en que se haya pensionado se aplica la normatividad vigente en ese momento. Por ejemplo, a partir del 2005 el valor total de la pension no podra superar el 80% del ingreso base de liquidación, ni inferior a la pension minima.

  5. my pregunta es la siguiente estaba cotizando desde 1994 hasta el 2007 pero solo me aparecen 509 semanas pero hace 5 años no estoy cotizando devido a que no laboro ¿que puedo hacer con las semanas que me hacen falta devido a que el empleador las desconto del sueldo pero no las cotizo?
    ¿que puedo hacer para recuperar las semanas que no aparecen?y para seguir cotizando como independiente que puedo hacer ya que no tengo trabajo y tengo 47 o a que obciones tengo?

    gracias

    • Con respecto a las semanas que su empleador no pago, ya le enviamos un correo con un articulo que le explica que hacer en este caso.

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