Conozca Todo Sobre El Consorcio Colombia Mayor

Colombia Mayor PensionesEl consorcio Colombia Mayor, como administrador del programa Colombia Mayor del Ministerio del Trabajo, es una alianza estratégica con fiduciarias del sector publico tales como FIDUCOLDEX S.A., FIDUPREVISORA S.A. y FIDUCENTRAL.

Estas entidades respaldan y movilizan el proyecto, presenta como objetivo administrar los recursos del Fondo de Seguridad Pensional , ya que este ultimo tiene bajo su responsabilidad las subcuentas de solidaridad y subsistencias con las que se costea el Programa de Subsidio al Aporte en Pensión (PSAP) y el Programa de Solidaridad con el Adulto Mayor, “Colombia Mayor”.

Cabe recordar que este programa reemplazó al anterior consorcio Prosperar

Además de contar con la ayuda de Colpensiones para solucionar todas las inquietudes generadas por los usuarios, Colombia Mayor presenta una solución oportuna para aquellos ciudadanos en general que no cuentan con los recursos necesarios para seguir cotizando al régimen pensional.

El Consorcio Colombia Mayor Cuenta con 2 Programas:

Programa de Subsidio al Aporte en Pensión (PSAP): este programa se destina a ciertos grupos de población que debido a sus condiciones y características no cuentan con fácil acceso al sistema de seguridad y protección social.

Entre ellos estan: desempleados, los trabajadores independientes rurales y urbanos, discapacitados, madres comunitarias y concejales pertenecientes a los municipios establecidos en las categorías 4, 5 y 6.

Los beneficiarios de este programa solo aportan una parte del monto de la cotización total, este porcentaje fluctúa entre el 5% y el 30%. El porcentaje a pagar por el afiliado obedece al grupo poblacional al que pertenezca. El gobierno nacional subsidia el porcentaje faltante, a través de Colombia Mayor.

Cuando una persona se vincula a este programa de subsidio queda cubierta con los mismos derechos de un afiliado al sistema general de pensiones, contra riesgos de invalidez, muerte o vejez. En caso de muerte los beneficiarios tienen derecho a solicitar el auxilio funerario.

Puede descargar el siguiente documento que explica de manera resumida lo más importante del programa de subsidio al aporte en pensión Descargar Cartilla PSAP

Programa Colombia Mayor: es un programa de solidaridad que busca brindar una mayor protección y un subsidio económico a personas como los Adultos Mayores en Colombia que se encuentran desamparados, en pobreza extrema o que viven en las calles y que no cuentan con ningun ingreso monetario.

Por medio del Ministerio del Trabajo se busca llegar a toda esta población de adultos mayores que se encuentran vulnerables. Las alcaldias municipales desempeñan un papel fundamental en el cumplimiento de las estrategias de este programa.

Clic en el siguiente enlace para conocer los requisitos de afiliación del programa Colombia Mayor

Requisitos para la afiliación y tener derecho a recibir el subsidio económico de aporte en pensión: PSAP

  • Debe contar con afiliación a salud, bien sea como beneficiario o cotizante en el regimen subsidiado o contributivo de salud.
  • Debe haber relizado el ultimo aporte a pension en Colpensiones, si esta en un fondo privado el usuario debe gestionar el traslado y éste debe ser aprovado.
  • Presentar el documento que certifique su afiliación a salud con vigencia no mayor a 30 dias. Si es beneficiario en el regimen contributivo debe presentar el documento que acredite su estado de afiliación. Si la persona cotiza como independiente debe presentar el certificado de afiliación que acredite el ingreso sobre el cual se liquidan los aportes o un comprobante de el historial de pagos. Y por ultimo, si la persona es beneficiaria del régimen subsidiado debe llevar el carnet de la EPS.
  • Presentar el documento de identificación personal (cédula) y fotocopia al 150%.

Por grupo poblacional específico, estos son los requisitos:

Madres sustitutas:

El tiempo de subsidio para las madres sustitutas es hasta los 65 años de edad y el porcentaje de subsidio del total del aporte seria de un 80%. Es decir solo paga el 20% del valor del aporte a pensión.

  • Demostrar mediante un certificado su calidad de madre sustituta, otorgado por el representante legal de la asociación a la que se encuentra vinculada o por el (ICBF) Instituto Colombiano de Bienestar Familiar.
  • Si se inscriben como madres comunitarias y además cumplen con los requisitos que exige la ley, las madres sustitutas y los agentes educativos FAMI (familia, mujer e infancia), podrán ingresar al fondo de solidaridad pensional

Discapacitados:

El tiempo de subsidio para las personas con discapacidad es hasta los 65 años de edad o hasta contar con las 750 semanas y el porcentaje de subsidio del total del aporte seria de un 95%. Solo debe pagar el 5% del valor correspondiente al aporte.

  • Contar con el equivalente de tiempo a 500 semanas cotizadas o 500 semanas.
  • Encontrarse afiliado dentro del sistema de seguridad social en salud, ya sea mediante el régimen subsidiado o contributivo.
  • Podrá tener cualquier edad, siempre y cuando sea mayor de diez y ocho años y menor de sesenta y cinco.
  • Encontrarse dentro de los niveles 1 y 2 del Sisben
  • Hacer entrega del certificado expedido por la junta de calificación de invalidez que pruebe la perdida de discapacidad laboral, ya sea igual a un 50% o superior.

Trabajadores independientes:

Hay dos variables que permite a los trabajadores independientes ya sea del área urbana o rural a ingresar al subsidio.

El monto del subsidio que otorga el Gobierno es del 75%, el trabajador solo debe asumir el 25% como aporte para su pensión.

  • La primera, para mujeres y hombres que cuenten mínimo con doscientas cincuenta semanas cotizadas y que estén entre los 35 y 54 años de edad.
  • La segunda para mujeres y hombres que cuenten por lo menos con quinientas semanas de cotización y que estén entre los 55 y los 65 años de edad.
  • Debe presentar la Historia Laboral donde coste el mínimo de semanas requeridas según el grupo de edad  de los dos puntos anteriores.

Concejales

El tiempo de subsidio es durante su periodo como concejal o hasta contar con no más de 650 semanas cotizadas o hasta los 65 años de edad.

El porcentaje de subsidio del total del aporte seria de un 75%. El concejal solo se hace cargo del 25% del valor de la cotización pensional.

  • Deberá encontrarse afiliado dentro del sistema de seguridad social en salud, ya sea dentro del régimen subsidiado o encontrarse como cotizante o beneficiario en el régimen contributivo.
  • Tener más de 18 años y menos de 65 años de edad.
  • Encontrarse afiliado en Colpensiones,
  • Deberá ser Concejal en municipios con categorías cuatro, cinco o seis.
  • No podrá tener otro medio de ingreso, fuera de los honorarios recibidos como concejal.
  • Debe presentar su credencial que lo acredite como concejal y copia del certificado expedido por el concejo municipal donde avale su estado como miembro activo de dicha corporación.

Las personas beneficiarias antes de la vigencia de la ley 797 del año 2003 al fondo de solidaridad pensional, con edades inferiores a los cincuenta y cinco años de edad que se encuentren afiliados a Colpensiones o con cincuenta y ocho años afiliados a un fondo pensional, seguirán recibiendo en iguales condiciones el subsidio por el tiempo que se les había otorgado antes de que la ley anteriormente citada entrara en vigencia, siempre y cuando no incurra en alguna causal de perdida de subsidio.

De igual manera para las personas que laboran en el servicio doméstico que aún se encontraban afiliados y recibiendo subsidio a la cotización, antes de entrar en vigencia la ley 797 del año 2003, continuaran recibiéndolo de la misma forma como se les había otorgado, siempre y cuando argumenten que siguen cumpliendo con todos los requisitos solicitados para ser beneficiarios de dicho fondo antes de que la ley anteriormente citada entrara en vigencia.

Como debe Afiliarse al Consorcio Colombia Mayor y al Programa PSAP

La afiliación se realizará sin costo alguno en todas las oficinas del Consorcio Colombia Mayor, las cuales se encuentran ubicadas en las ciudades de Medellín, Bogotá, Cali, Cartagena, Barranquilla, Bucaramanga, Ibagué y Pereira, donde todas las personas interesadas, deberán cumplir con los requisitos exigidos por la ley.

Para solicitar el programa de subsidio de aporte a pensión, usted debe:

  • Acudir a una charla de información
  • Diligenciar el formulario de solicitud al subsidio.
  • Hacer entrega del certificado de afiliación a salud con fecha inferior a los treinta días de su expedición y de la fotocopia del documento de identidad.
  • Llevar el certificado de las semanas cotizadas o de la historia laboral.
  • También tener presente los requisitos necesarios del grupo poblacional al cual pertenece:
  • Personas en situación de Discapacidad:
  • Hacer entrega del certificado de perdida de discapacidad laboral, ya sea igual a un cincuenta por ciento o superior a ella.

Madres Comunitarias

  • Enseñar el certificado que la acredite como madre comunitaria, expedido por el (ICBF)

Concejales

  • Demostrar que se encuentra en el periodo de vigencia como concejal, mediante el certificado de la registraduría del estado civil.

Para los que viven en el área rural deberán:

  • Entregar un certificado que especifique las actividades que usted realiza en la zona rural.
  • Deberes de los beneficiarios al programa de subsidio al aporte a pensión.
  • Ser cumplidos en la realización de los pagos de acuerdo a las fechas que se enuncian en el cuadro. (Decreto 1670 del año 2007).

Fíjese de que todos sus datos se encuentren correctos, inmediatamente reciba el talonario de pagos de Colpensiones. En caso de que se presente algún error con los nombres, apellidos, tarifa o número de documento de identidad, deberá enviar una carta junto con la fotocopia de la cedula al Consorcio Colombia Mayor.

Con el fin de realizar su pago a tiempo y si aún no cuenta con el talonario pero ya fue aceptado, deberá acercarse a la oficina regional del Consorcio Colombia Mayor con el fin de solicitar el recibo de pago provisional.

Los pagos se pueden realizar en los bancos de Bogotá, Occidente, Helm, Popular, AV Villas, BBVA y Agrario.

En caso de que se quiera retirar, por alguna de la siguiente situación, deberá informarlo por escrito, junto con la fotocopia de su cedula al Consorcio Colombia Mayor:

  • Si su retiro es voluntario.
  • Si su pensión de vejez ya ha sido recibida.
  • En caso de que vaya a dar inicio con los trámites de su pensión.
  • Asegúrese antes de iniciar con los trámites de su pensión que cumpla con todos los requisitos exigidos por Colpensiones.

Podrá suspender el proceso de afiliación en los siguientes casos:

  • Si ingresa a trabajar en alguna empresa.
  • Si no tiene como pagar.

En caso de que cambie de lugar de residencia deberá informarle al Consorcio Colombia Mayor, mediante la línea gratuita o una carta señalando departamento, municipio, dirección, teléfono, nombres, apellidos y numero de cedula.

Cualquier familiar deberá solicitar su retiro al Consorcio Colombia Mayor, en caso de fallecimiento, para lo cual deberá anexar la siguiente documentación:

  • Fotocopia de la cedula de ciudadanía.
  • Fotocopia del certificado de registro civil de defunción

Tabla de se subsidio entregado por el estado según grupo poblacional

Tabla de Subsidio Colombia Mayor

Es importante tener en cuenta que realizar el paso de régimen de pensiones, solo podrá ser posible una sola vez cada cinco años; sin embargo no será posible que se pase de régimen en caso de que a la persona cotizante solo le falten 10 años o menos para obtener la pensión de vejez o para cumplir su edad.

Es fundamental que conserve los documentos del programa tales como cartas, recibos de pago y solicitudes entre otros, ya que se deberán reportar en cualquiera de las oficinas más cercanas del Consorcio Colombia Mayor. Se recuerda que es un programa que incluye  a todos los colombianos que se encuentran en una situación desfavorable económicamente.

Esto con la finalidad de que cuando se elle a la etapa de la vejez se pueda contar con un recursos que pueda facilitar la calidad de vida, ademas de brindar seguridad y tranquilidad para quien la recibe.

Aunque en el país ya se han realizado jornadas de afiliación, recuerde que solo debe acudir a las oficinas del Consorcio Colombia Mayor y realizar los tramite solicitados. Además puede recibir información a través de los diferentes canales de comunicación establecidos:

  • Línea gratuita nacional: 018000184333
  • Teléfono en Bogotá: 7444334
  • Correo electrónico: [email protected]
  • Visitando las siguientes paginas:
    • www.colombiamayor.co y www.fondodesolidaridadpensional.gov.co
Author: Abogado Antonio Rivas

Antonio Rivas es egresado de University of California, Berkeley. Doctor en derecho, con varias especializaciones en derecho, entre ellas: Derecho Laboral, Derecho de Familia, Derecho Migratorio, Derecho Civil y Derecho Penal. Encantado de compartir mis conocimientos por medio de este sitio web. Bendiciones y muchos éxitos.

11 thoughts on “Conozca Todo Sobre El Consorcio Colombia Mayor

  1. Iris Maria Sarabia Barrios

    Dr Antonio Rivas, Cordial Saludo:

    Tengo una amiga afiliada al consorcio Adulto Mayor y le ha llegado una carta informandole que a la fecha cuenta con 750 semanas y que será retirada del programa ella tiene 54 años, se le imposibilita seguir cotizando en Colpensiones como Independiente, que debe hacer ella para que de alguna manera siga beneficiandose o es imposible y no logre una pension o una retribucion a la edad de 57 años.

    Le agradezco su atencion y Dios lo Bendiga.

    Reply
    1. Abogado Antonio Rivas Post author

      Hola Iris, el programa tiene ese limite establecido, el subsidio es máximo por 750 semanas. Mas de alli no se puede, por lo tanto debe cotizar como independiente en Colpensiones o bien pasarse a los BEPS y tener una renta vitalicia acorde al total de semanas.

      Reply
  2. Libia Rosa Giraldo Mejia

    Doctor Antonio Rivas. Mi cordial saludo y bendicones por este servicios que presta a la comunidad.
    Mi pregunta es: Mi esposo se afilio al consorcio Prosperar hoy Colombia mayor en el año 2000, los requisitos exigidos eran 45 años de edad y 0 semanas cotizadas. Hoy tiene 61 años, es agricultor y aun paga su aporte mensual. Mi pregunta El tiene derecho a una pensión de vejez ? a que edad? Con cuantas semanas?. Lo raro es que en Colpensiones le dijeron que para recibir dicha pensión tenia que quedar invalido o si se moría, reclamaba la Esposa. Dr. Gracias por aclararme estas inquitudes. Dios lo continue bendiciendo.

    Reply
    1. Abogado Antonio Rivas Post author

      Hola Libia, para que su esposo pueda pensionarse debe tener 1.300 semanas y 62 años de edad. Ahora bien, como veo que su esposo no alcanzará a cumplir con las semanas requeridas a los 62 años. Una opción para que reciba una renta vitalicia es que se inscriba en el programa BEPS. Asi con las semanas que acumule puede recibir, no una pensión, pero si una renta de por vida.

      Reply
  3. Rubiela Morales J.

    Doctor Rivas, tenga usted muy buenos días y bendiciones para este año que nuevo que ha comenzado. Mi inquietud es la siguiente; mi esposo Silvio Castrillón Tovar cotizó trece años al Consorcio Prosperar, hoy Colombia Mayor; nunca se pensionó, esto por errores de la asesora cuando él se afilió, pues nunca le dijo que debía tener semanas cotizadas en el Seguro Social. El hecho es que él ya solicitó la sustituiva, van cuatro meses y aún no le reportan nada. Yo averigué en la página de Colpensiones y dicen que no existe; qué puede estar pasando?
    Muchas gracias por su voluntad y generosidad.

    Rubiela

    Reply
    1. Abogado Antonio Rivas Post author

      Señora Rubiela, gracias por su saludo y deseandole lo mejor en este nuevo año. Puede que la información del consorcio Colombia Mayor no este actualizada en Colpensiones, le recomiendo que haga la diligencia personalmente en las oficinas del consorcio.

      Reply
  4. Luna Mateuz

    Profesionales como usted, en realidad tienen responsabilidad social. Mil gracias por su voluntad y disposición a nuestras inquietudes. Dios le bendiga.

    Reply
    1. Abogado Antonio Rivas Post author

      Muchas gracias Luna, que tenga un feliz día.

      Reply
  5. Luna Mateuz

    Muy buen día, abogado Rivas, tengo varias inquietudes con respecto al Consorcio Prosperar. Sucede que mi padre de 56 años hace bastante tiempo dejó de cotizar pensión por razones ajenas a su voluntad. Tenemos entendido que mediante el Consorcio Prosperar, según noticias recientes el gobierno va a prestar cierta ayuda económica o aportante a aquellas personas que como en el caso de mi padre no han logrado completar el tiempo pertinente para alcanzar la pensión, de manera que las semanas cotizadas y registradas en base de datos Colpensiones se vean reflejadas a manera de bono pensional. En verdad, no se que tan cierta o errada sea esta situación que le nombro, así que agradecería inmensamente su tiempo y disposición ante esta inquietud que le presento, estaré al tanto; si me pudiese brindar información con respecto a esto sería para mí muy útil y de gran ayuda para ver si hay cabida y manera de brindarle a mi padre la información pertinente sobre como proceder. Dios le bendiga y que tenga muy buen día.

    Reply
    1. Abogado Antonio Rivas Post author

      Gracias Luna por sus bendiciones, como sabemos el Consorcio Prosperar paso a llamarse Colombia Mayor. Esto hace parte de una serie de cambios que hizo el Gobierno Nacional para mejorar el sistema general de pensiones administrado por Colpensiones y garantizar cobertura e igualdad a todos los Colombianos.

      Ahora algo que me parece muy acertado de parte del estado es que creó la cotización retroactiva, y celebro esto porque es un mecanismo que le permitirá a personas como su señor padre pensionarse sin tener las semanas requeridas pero si cumpliendo con el requisito de edad. Si una persona cumple la edad de pensión y no tiene las semanas, obtiene su pensión de vejez y continúa pagando los aportes hasta que complete las semanas que le corresponden.

      En la zona de descargas en la parte inferior hay dos documentos sobre el nuevo modelo de protección a la vejez. Descárguelos y le ayudarán mucho.

      Muchas bendiciones y éxitos en la gestión de su papá.

      Reply

Deja una respuesta

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *

Este sitio usa Akismet para reducir el spam. Aprende cómo se procesan los datos de tus comentarios.