Traslado De Fondo De Pensiones: Requisitos Que Debe Cumplir

Qué Se Requiere Para Trasladarse De Régimen De Pensión

¿Qué es el cambio de fondo de pensiones y cómo puede hacerlo?

Cambio de fondo de pensionesQuienes aun no se encuentran afiliados al Sistema General de Pensiones (Colpensiones) tienen la posibilidad de cambiar de régimen.

Si usted se está afiliado a alguno de los fondos de pensión privados y cuyo régimen se conoce como

Ahorro Individual con Solidaridad – por sus siglas RAIS, el tiempo de permanencia mínimo es de 5 años en ese régimen antes de que pueda vincularse a Colpensiones.

Es importante anotar que los fondos privados invierten los dineros de los ahorradores en varios mercados internacionales y nacionales, y en el evento que un fondo de pensión privado se declare en quiebra, nadie va a responder por los dineros de los aportantes.

El único impedimento para cambiarse de régimen de pensión es que le falten 10 años o menos para cumplir la edad requerida para acceder a la Pensión de Vejez. Más exactamente, en el caso de las mujeres que hayan cumplido 47 años de edad 52 años en el caso de los hombres.

Lo que necesita para trasladarse a COLPENSIONES si está en un Fondo Privado:

  • Debe presentar su documento de identificación
  • Firmar y diligenciar el formulario de actualización o vinculación al Sistema General de Pensiones en tinta negra, en el modulo IV marcar la casilla – Tipo de Novedad – Traslado de Régimen: debe indicar el fondo de pensión anterior
  • Tener como mínimo 5 años de permanencia en el Régimen de Ahorro Individual
  • En caso de no ir personalmente, enviar fotocopia de su cédula o documento de identificación personal
  • Presentar y radicar los documentos debidamente diligenciados en uno de los Puntos de Atención COLPENSIONES

Como recomendación por parte de los  expertos, antes de realizar el cambio de fondo de pensión debe solicitar asesoría de profesionales, pues debe ver con claridad los beneficios y contras que se puedan presentar al  realizar este tipo de tramites. Dio como recomendación el  Director de Colpensiones.

Pues se puede evidenciar que han sido mas de 434.726 cotizantes de Administradoras de fondos de pensión privadas a Colpensiones, en la mayoría de los casos se encontró que las personas no solicitaron asesoría antes de tomar la decisión y realizar el traslado.

Algunas Reformas

En los últimos años se han venido teniendo modificaciones en cuento a la edad establecidas por las entidades y el estado para realizar este tramite.

En el 2016 se dio una reforma donde la nueva edad para solicitar un traslado debe hacerse de manera prioritaria en el caso delas mujeres que cumplan una edad mayor o igual a 42 y  en los hombres igual o mayores de 47 años.

Esto se deba a que son personas que se encuentra en una edad próxima a la jubilación.

Desde enero del presente año se  empezó a aplicar un nuevo cambio, donde este tramite lo pueden realiza personas que cumplan con lo establecido, siendo para mujeres con mas de 37 años y para los hombre con mas de 42 años.

Ya desde el mes de octubre del 2018, cualquier afiliado independiente al régimen de pensión en que se encuentre, podrá realizar su traslado sin que le exijan una edad limite, pues ya queda abolida., según la Superfinanciera en la Circular 016.

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Abogado Antonio Rivas

Abogado Antonio Rivas

Antonio Rivas es egresado de University of California, Berkeley. Doctor en derecho, con varias especializaciones en derecho, entre ellas: Derecho Laboral, Derecho de Familia, Derecho Migratorio, Derecho Civil y Derecho Penal. Encantado de compartir mis conocimientos por medio de este sitio web.

Bendiciones y muchos éxitos.

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123 comentarios

  1. Buen día doctor, tengo una familiar que estuvo cotizando pensión con iss y se cambio a porvenir, pero ahora quiere cambiarse nuevamente a colpensiones, ella tiene 55 años que debe hacer? muchísimas gracias por su colaboración.

    • Hlola Patricia, por la edad no es posible que se traslade nuevamente al fondo público (Colpensiones). Debe pensionarse obligaoriamente en Porvenir.

  2. Dr Rivas, quisiera que me aclarara, ayer solicite constancia en Protección y pregunte el cambio de régimen y la señorita me indica que por la fecha de inicio de aportes con ellos (febrero del 99) solo necesito 1.150 semana y con Colpensiones necesito 1.350 semanas, tengo 40 años y he cotizado el salario mínimo.

    Cual puede ser el promedio de mi pensión en cada uno?

    • Hola Juliana, la liquidación depende del fondo de pensión, en mi experiencia Colpensiones liquida las pensiones de una forma más equitativa que los fondos privados. En su caso como ha cotizado sobre un salario mínimo no puede pensionarla por debajo de ese valor. Pero siempre es mejor el fondo publico que el fondo privado.

  3. Abogado Antonio, buenas noches.

    Muchísimas gracias por sus aportes. Muy claros y oportunos.

    • Gracias Señor Alexander. De las pocas personas que agradece nuestra labor social y sin interés de ninguna indole.

  4. Buenas tardes.

    Si uno se gana mas o menos 5 SMMLV, es mejor el fondo privado? o Colpensiones… (supongamos que se mantiene en 5 SMMLV durante toda la vida laboral). En este momento estoy en fondo privado, pero lo que me inquieta es que no sé cómo irán a ser los últimos 10 años antes de la pensión, qué tal que esté en otro empleo donde gane 2 SMMLV…

    Gracias.

    • Buenas David. Por muchas y obvias razones recomiendo Colpensiones, he visto casos reales de personas cercanas que se han pensionado con menos de la mitad de lo que se pensionarian en el fondo del estado. Un fondo privado es una empresa privada, a ellos no les importa su futuro, solo les importa ganar dinero con su dinero. Suena duro decirlo pero es la relidad. Ellos se llevan el 16% de cada aporte que ud realice, ademas invierten el dinero para obtener mas rentabilidad.

      Mientras que Colpensiones es del estado Colombiano, y el estado como sea siempre responde. Los fondos privados invierten el dinero y si no tienen buenos rendimientos lo más lógico es que pensionen a las personas con mucho menos de lo que merecen.

      Lo del promedio ud lo puede mantener en la medida que le sea posible. Si gana 2 SMMLV puede seguir aportando sobre los 5 SMMLV.

      • Muchas gracias por su respuesta Abogado. Otra pregunta, tengo 37 años y llevo cotizando 16 años al fondo privado; si me paso hoy a Colpensiones o me paso en unos 10 años, hay alguna diferencia?

        • Hola David, en la respuesta anterior le comente que los fondos se quedan con el 16% de lo que usted paga. Solo eso en 10 o 20 años es una cantidad de dinero considerable, creo que es un motivo bastante apremiante para trasladarse a Colpensiones.

  5. Gracias abogado. Mi caso es similar a los de esta pagina, y su aporte me da más fuerza para pasarme del fondo privado al fondo de prima media COLPENSIONES. Tengo 48 años. No tengo un trabajo formal, pero con este fondo se que voy a tener muchos beneficios.

    • Asi es señor Ramiro. Conozco el caso de muchas personas que se han pensionado en los fondos privados con el 50% de lo que se pensionarían en Colpensiones.

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