Traslado De Fondo De Pensiones: Requisitos Que Debe Cumplir

Qué Se Requiere Para Trasladarse De Régimen De Pensión

¿Qué es el cambio de fondo de pensiones y cómo puede hacerlo?

Cambio de fondo de pensionesQuienes aun no se encuentran afiliados al Sistema General de Pensiones (Colpensiones) tienen la posibilidad de cambiar de régimen.

Si usted se está afiliado a alguno de los fondos de pensión privados y cuyo régimen se conoce como

Ahorro Individual con Solidaridad – por sus siglas RAIS, el tiempo de permanencia mínimo es de 5 años en ese régimen antes de que pueda vincularse a Colpensiones.

Es importante anotar que los fondos privados invierten los dineros de los ahorradores en varios mercados internacionales y nacionales, y en el evento que un fondo de pensión privado se declare en quiebra, nadie va a responder por los dineros de los aportantes.

El único impedimento para cambiarse de régimen de pensión es que le falten 10 años o menos para cumplir la edad requerida para acceder a la Pensión de Vejez. Más exactamente, en el caso de las mujeres que hayan cumplido 47 años de edad 52 años en el caso de los hombres.

Lo que necesita para trasladarse a COLPENSIONES si está en un Fondo Privado:

  • Debe presentar su documento de identificación
  • Firmar y diligenciar el formulario de actualización o vinculación al Sistema General de Pensiones en tinta negra, en el modulo IV marcar la casilla – Tipo de Novedad – Traslado de Régimen: debe indicar el fondo de pensión anterior
  • Tener como mínimo 5 años de permanencia en el Régimen de Ahorro Individual
  • En caso de no ir personalmente, enviar fotocopia de su cédula o documento de identificación personal
  • Presentar y radicar los documentos debidamente diligenciados en uno de los Puntos de Atención COLPENSIONES

Como recomendación por parte de los  expertos, antes de realizar el cambio de fondo de pensión debe solicitar asesoría de profesionales, pues debe ver con claridad los beneficios y contras que se puedan presentar al  realizar este tipo de tramites. Dio como recomendación el  Director de Colpensiones.

Pues se puede evidenciar que han sido mas de 434.726 cotizantes de Administradoras de fondos de pensión privadas a Colpensiones, en la mayoría de los casos se encontró que las personas no solicitaron asesoría antes de tomar la decisión y realizar el traslado.

Algunas Reformas

En los últimos años se han venido teniendo modificaciones en cuento a la edad establecidas por las entidades y el estado para realizar este tramite.

En el 2016 se dio una reforma donde la nueva edad para solicitar un traslado debe hacerse de manera prioritaria en el caso delas mujeres que cumplan una edad mayor o igual a 42 y  en los hombres igual o mayores de 47 años.

Esto se deba a que son personas que se encuentra en una edad próxima a la jubilación.

Desde enero del presente año se  empezó a aplicar un nuevo cambio, donde este tramite lo pueden realiza personas que cumplan con lo establecido, siendo para mujeres con mas de 37 años y para los hombre con mas de 42 años.

Ya desde el mes de octubre del 2018, cualquier afiliado independiente al régimen de pensión en que se encuentre, podrá realizar su traslado sin que le exijan una edad limite, pues ya queda abolida., según la Superfinanciera en la Circular 016.

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Abogado Antonio Rivas

Abogado Antonio Rivas

Antonio Rivas es egresado de University of California, Berkeley. Doctor en derecho, con varias especializaciones en derecho, entre ellas: Derecho Laboral, Derecho de Familia, Derecho Migratorio, Derecho Civil y Derecho Penal. Encantado de compartir mis conocimientos por medio de este sitio web.

Bendiciones y muchos éxitos.

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123 comentarios

  1. Hola, mi madre tiene 48 y 310 semanas, pero sus aportes están en fondo privado, me enteré que necesita pasarse a Colpensiones para acceder al beneficio de Colombia Mayor. Pero según la pagina ella no puede por que tiene 48 y la edad limite para cambiarse a Colpensiones es de 47 años. Se puede hacer algo en este caso?

    • Hola Maritza, en este caso no se puede trasladarse a Colpensiones. La ley establece esos requisitos de estricto cumplimiento. Debe permanecer en el fondo privado o retirar los aportes.

  2. Mi nombre es Angela María Pulecio Quiceno, en el momento tengo 46 años y deseo trasladarme de protección a COLPENSIONES, me traslade de seguro a PROTECCIÓN en el año 2011 pero deseo regresarme.

    • Hola Angela, no puede hacerlo en este momento teniendo en cuenta que debe permanecer 5 años en el fondo actual y como está próxima a cumplir 47 años que es la edad limite.

  3. buen día , estoy vinculada al fondo de pensiones porvenir desde el año 2009 y quiero trasladarme a colpensiones , como lo puedo hacer ? donde me debo dirigir ? lo puedo hacer ya ? lo puedo hacer por Internet ?
    agradezco su colaboración

    • Hola Tatiana, lo puede hacer si tiene menos de 47 años. Y debe hacerlo en las oficinas de Colpensiones ya que es necesario firmar unos documentos para el traslado.

  4. Yo Me llamo Angela Rojas, tengo 63 años y 723 semanas cotizadas en porvenir, ya no trabajo, quiero saber como puedo trasladarme a Colpensiones ya que vivo en Soacha y hay un evento el 28 de mayo para solicitar la pensión con el consorcio mayor, pero debo llevar la autorización de traslado de porvenir a colpensiones, ayúdeme.
    Gracias

    • Hola Angela, por su edad no es posible trasladarse a Colpensiones, necesariamente debe pensionarse en Porvenir. La edad minima para trasladarse de fondo de pensión es 47 años en caso de las mujeres.

      • Gracias… Si no tengo la forma económica ni laboral de seguir cotizando para completar el tiempo que me falta, usted me puede hacer el favor y me asesora que debo hacer con las 723 semanas que tengo para recibir ayuda, que no sea pensión.. o si puedo con estas semanas llegar a una negociación para la prima media..

        • Angela, la única opción es, si cumple los requisitos, afiliarse al programa Colombia Mayor. O solictitar la indemnización sustitutiva.

  5. Dr. Antonio Rivas, yo trabajé en una Institución educativa desde el año 2001 hasta el año 2010,cuando se terminó este contrato comencé a trabajar otra vez e hice el traslado de Porvenir al ISS en liquidación ahora Colpensiones. Cual sería mi sorpresa que al solicitar mi historia laboral, no aparece el traslado y obviamente, tampoco aparecen mis semanas cotizas, sin embargo si aparecen las semanas de mi nuevo trabajo a partir del año 2011. Podría Usted indicarme los pasos a seguir, como Usted puede observar son NUEVE años que están a la deriva. Agradezco toda su colaboración.

    • Hola Diana, en Porvenir debe reposar toda la información respecto de su traslado, asi como sus semanas cotizadas, con esa información puede enviar un derecho de petición a Colpensiones. En la zona de descargas esta el formato del derecho de petición.

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