Requisitos Para Pensionarse

Requisitos para pensionarse en Colombia¿Que Requisitos Necesito Para Pensionarme?

A continuación vamos a explicar cuales son los requisitos para pensionarse.

Antes que nada es importante recordar que en Colombia existen dos regímenes a los que se puede afiliar: Régimen de Prima Media (antes Seguro Social Hoy es Colpensiones).

El Régimen de Ahorro Individual con Solidaridad (Administrado por los fondos de pensiones privados) en cualquiera de estos dos regímenes se puede obtener la pensión de vejez, pensión de sobrevivencia, y pensión de invalidez.

Requisitos para obtener la pensión de vejez:

1. A partir del 1° de enero del 2014 la edad se incrementará a 57 años para la mujer, y 62 años para los hombres, donde antes era de 55 años de edad, en las mujeres o 60 años en el caso de los hombres.
2. Haber cotizado un mínimo de 1.300 semanas en cualquier tiempo.
A partir del 1° de enero del 2005 el número de semanas cotizadas se incremento en 50 y a partir del 1° de enero de 2006 se incremento 25 cada año hasta completar 1.300 semanas cotizadas a el año 2015.

Estos son en términos generales los requisitos para obtener la pensión de vejez. Veamos alguno apartes importantes que la ley 100 dice:

  • El tiempo efectuado como trabajadores vinculados con empleadores que antes de entrar en vigencia de la Ley 100 de 1993 tenían a su cargo el reconocimiento y pago de la pensión, de tal forma que la vinculación laboral se encontrara vigente o haya comenzado posteriormente a la vigencia de la Ley 100 de 1993.
  • El total de semanas cotizadas exigidas puede ser en cualquiera de los dos regímenes del sistema general de pensiones o en ambos.
  • El tiempo laborado estando vinculados con empleadores que por omisión no hubieren afiliado al trabajador.

Preguntas y Respuestas más comunes

¿Las pensiones en los administradores de fondos de pensiones (AFP) son vitalicias?

R. las pensiones tanto en el Régimen de Prima Media y en el Régimen de Ahorro Individual con Solidaridad son vitalicias.

¿Qué son las pensiones anticipadas?

R. es un beneficio en el Régimen de Ahorro Individual (son las pensiones administradas por los fondos privados) que le permite pensionarse a cualquier edad, es decir no debe esperar a cumplir 57 años (mujeres) o 62 años (hombres), para esto los recursos en la cuenta deben permitir financiar una pensión de por lo menos 110% del salario mínimo actual.

Asegúrese de tener un control  constante en las cotizaciones que realizan y las semanas que va acumulando con los aportes realizados al sistema de pensión al que se encuentre vinculado.

Así puede evitar molestias y disgustos cuando ingrese documentos para su pensión.

Esperamos que este articulo despeje sus dudas con respecto a los requisitos para obtener le pensión de vejez.

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Abogado Antonio Rivas

Abogado Antonio Rivas

Antonio Rivas es egresado de University of California, Berkeley. Doctor en derecho, con varias especializaciones en derecho, entre ellas: Derecho Laboral, Derecho de Familia, Derecho Migratorio, Derecho Civil y Derecho Penal. Encantado de compartir mis conocimientos por medio de este sitio web.

Bendiciones y muchos éxitos.

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162 comentarios

  1. Doctor Rivas: tengo 43 anos y 419 semanas cotizadas hasta el 2001.
    Quiero seguir cotizando mis inquietudes son: tengo q ponerme al día con todas los anos q no he pagado?? puedo empezar a cotizar y pagar varias cuotas, yo me encuentro en el exterior, también tengo 5 meses cotizados en otra entidad la cual no recuerdo pues ya hace muchos años de eso,como debo hacer los pagos desde el exterior? muchas gracias por su colaboración.

    • Hola Adiela, no es posible ponerse al día con los pagos que no realizó, simplemente no se hicieron y por eso no hay problema. Ahora bien, puede seguir cotizando normalmente. Los pagos los puede hacer por medio de Western Union.

      En la zona de descargas hay una Cartilla informativa para Colombianos en el exterior. Descárgala que le será de mucha ayuda.

  2. Mi jefe tiene 58 años y 1452.43 semnas en colpensiones, se que el debe esperar a tener 62 años, pero debe seguir pagando pension si ya tienem las semanas o cual es el tramite a seguir

    Gracias

    harvy duque

    • Hola Harvy, ya tiene las semanas, no existe ningún problema si deja de cotizar, tenga en cuenta que la liquidación de su pensión depende de los últimos 10 años cotizados y el salario base de cotización.

  3. Buenas tardes Dr. quisiera saber llevo seis meses tratando de que me actualicen mis semanas cotizadas, trabajadas durante 12 años, me dicen espere no se ha actualizado, ya tengo 57 anos solo me aparecen las que coticé como independiente, si las semanas aparece a que tengo derecho prima media ,bono pensional o indemniacion le agradezco mucho sus comentarios.

    • Que tal Myriam, si tiene por lo menos 1.300 semanas puede acceder a su pensión, o esperar a completarlas. Si no las tiene puede solicitar la indemnización sustitutiva de la pensión de vejez, que no es otra cosa que le devuelvan los aportes realizados.

  4. hola doctor rivas
    mi caso es el siguiente, entré a trabajar en el sector publico coticé 20 años en cajanal luego me pasé al seguro social y después a colpensiones donde llevo cotizando mis 10 últimos años. mi pregunta es: en cual de las dos entidades debo presentar mis papeles para pensionarme? en cajanal o colpensiones?
    total años cotizados 36 años.
    muchas gracias

    • Que tal Mercedes, debe solicitar su pensión con el fondo actual (Colpensiones) verifique que en su historia laboral actual estén plasmadas todas las semanas cotizadas tanto las de Cajanal y Colpensiones.

  5. Buenas noches Dr Rivas cumpliría 60 años en Marzo del 2015 tengo 1129 semanas cotizadas podría pasar ya mis documentos para pension? Muchas gracias Dr.

    • Señor Tito, debe esperar a cumplir 62 años y un mínimo de 1.300 semanas. Si alcanza la edad y logra por lo menos 1.150 semanas de cotización puede solicitar el que el estado le complete las semanas faltantes invocando el derecho a la pensión mínima contenida en los artículos 65, 83, 18 y 71 de la ley 100 de 1993.

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