Régimen De Transición del Iss a Colpensiones
Respecto al régimen de transición o ley de transición vemos en los comentarios de nuestros lectores que existen muchas dudas y consideramos de suma importancia aclararlas en este articulo.
Como ya sabemos la ley 100 del año 93 fue la ley que en su momento creo el actual sistema general de pensiones entrando en vigencia a partir del 1° de abril del año 94.
Al momento de entrar en vigencia la ley en mención existían personas que estaban próximas a cumplir los requisitos para acceder a su pensión, el estado quiso proteger las expectativas de estas personas que se encontraban próximas a obtener su pensión e impuso ciertos requisitos para que se pensionaran con el régimen anterior.
Los requisitos del régimen de transición son:
- Al 1° de abril de 1994 el afiliado(a) tenga 40 o mas años de edad en el caso de los hombres y 35 o mas años de edad en el caso de las mujeres o al 1° de abril de 1994 el afiliado(a) tenga 15 o mas años de servicios cotizados tanto para hombres y mujeres.
- Completar los requisitos de edad y semanas cotizadas previstos por la ley antes del 31 de Diciembre de 2014.
La ley 100/93 también puso como fecha limite hasta el día 31 del mes de Julio de 2010 para obtener el beneficio del régimen de transición, pero quienes al 25 de julio de 2005 tenían mas de 750 semanas cotizadas la fecha limite para pensionarse con el régimen anterior se extiende hasta el 31 de Diciembre de 2014.
Gracias a la ley 100 /93 quienes cumplan estos requisitos pueden pensionarse con el régimen anterior, es decir, la ley 33 de 1985 sector publico y Ley 71 de 1988 sector privado,.
Ademas del Decreto Ley 0758 de 1990 (decreto que aprobó el acuerdo 049 de 1990 del ISS). a) 55 años de edad para las mujeres y 60 años de edad para los hombres. b) 500 semanas cotizadas en los últimos 20 años antes de cumplir la edad para pensión de vejez o 1.000 semanas cotizadas en cualquier tiempo.
Para tener en cuenta en el régimen de transición
La ley de transición no aplica para quienes siendo beneficiarios de dicho régimen pensional se trasladaron al régimen de ahorro individual (fondos privados).
Excepto quienes al primero de abril de 1994 tenían mas de 15 años de servicios cotizados la Corte Constitucional permitió que retornen al régimen de prima media (antes ISS, hoy Colpensiones) y puedan gozar del beneficio de la ley de transición.
Estableciendo los siguientes requisitos:
- Trasladar todos los aportes que haya acumulado en el régimen de ahorro individual.
- El ahorro en el régimen de ahorro individual, incluidos sus rendimientos y el valor correspondiente del fondo de garantía de pensión mínima, no sea inferior al monto total que habría obtenido en caso de haber permanecido en el régimen de prima media.
Estos son algunos de los requisitos y exigencias para el traslado de sus semanas cotizadas para pensionarse.
Tenga en cuenta que si usted requiere mas información sobre los tramites puede ingresar a la pagina web de Colpensiones, allí encontrara formularios, certificados e información sobre los servicios que presta.





Buenas tardes Dr. Rivas
Gracias por aclarar las dudas relacionadas con la pensión y con el régimen de transición.
Mi consulta es la siguiente:
– Mi madre nació el 12 de Junio de 1954 (este 12 de Junio de 2014 cumple 60 años)
– Desde el año 1973 hasta el año 1992 cotizó 865 semanas (según historial de Colpensiones)
– En abril de 1994 tenía 39 años.
– Dejó de cotizar por casi 20 años (Entre 1992 y 2012).
– Volvió a cotizar desde el 2012 y a la fecha tiene en total 985 semanas cotizadas)
Con base en lo anterior me puede confirmar si mi madre se puede pensionar en estos momentos? (Creo que si porque cumple los requisitos de edad tanto en 1994 ya tenía más de 35 años (tenía 39) y la edad actual es de casi 60 años y por otra parte en 1992 ya tenia las más de 750 semanas requeridas (tenia 865).
De nuevo creo que si se podía pensionar desde hace tiempo (creo que desde los 55 años) sin embargo hicimos la consulta a un abogado y nos dijo que para poderse pensionar en este año mi madre debería tener como mínimo 1000 semanas. Aquí me queda la duda de si finalmente se puede o no pensionar en estos momentos (porque tiene a la fecha 985 semanas).
Gracias por su colaboración y quedo atento a cualquier comentario.
Hola Camilo, la respuesta correcta es la que le dio el abogado, debe completar este año 1.000 semanas, le quedan muy pocas y esta a tiempo de cotizarlas. No deje pasar la oportunidad.
Buenas noches, me puede explicar se aplico a régimen de transición. en el 94 no cumplía con los 35 años y también me faltaban semanas para los 15 años pero leo lo siguiente y creo que si tengo derecho.
La ley 100/93 también puso como fecha limite hasta el día 31 del mes de Julio de 2010 para obtener el beneficio del régimen de transición, pero quienes al 25 de julio de 2005 tenían mas de 750 semanas cotizadas la fecha limite para pensionarse con el régimen anterior se extiende hasta el 31 de Diciembre de 2014. Esto ultimo me hace pensar si me puede pensionar en agosto 2014 cumplo los 55 y tengo 1350 semanas cotizadas entonces sera que si me puedo jubilar en agosto 2014
gracias
Hola Gladys, si no cumple el primer requisito de 1994 no aplica para el del acto legislativo de 2005
Buenos dias DR Cordial saludo
Tenemos un empleado que cumplio los 40 años el 30/09/1994, cumple los 60 años en septiembre, en octubre de 1993 tenia + de 800 semanas cotizadas, hoy en dia tiene 1156 semanas y dejo de cotizar desde el 2005 por que le afectaba el salario promedio es posible que se pensione a los 60 años y lo acoja el acuerdo 758 de 1990.
Mil gracias.
Hola Andres, para ser beneficiario del régimen de transición basta con cumplir uno de los dos requisitos, veo que por la edad no, pero si tenia mas de 15 años cotizados o 750 semanas. Y al momento de la reforma constitucional como dice nuestro artículo contaba con mas de 750 semanas. Por lo tanto el señor adquiere el derecho a pensión de vejez en Septiembre, cuando cumple los 60 años de edad.
Estimado Doctor: Ante todo mis sinceros agradecimientos por todo el tiempo que dedica en ayudar a solucionar nuestras dudas respecto a este difícil y complicado tema de las pensiones.
Pertenezco a una comunidad de carácter religioso, tenemos el caso de 4 hermanas que se afiliaron al Fondo de Pensiones (Colpensiones) en Octubre de 1993 a la edad de 58, 55, 53, y 50 años de edad aproximadamente. Desde esa fecha hasta hoy han venido cotizando de manera continua sin faltar ni un solo mes. Ellas en la actualidad tienen más de 70 años y 900 semanas cotizadas. Estuve en Colpensiones viendo la manera de que se beneficiaran de la ley de transición y me dijeron que no era posible. No logro entender como pueden faltarle mas tiempo a personas que están por cumplir sus 80 años. Mucho agradezco me ilumine que podemos hacer al respecto. Dios lo bendiga
Hola Adriana, agradezco sus palabras de agradecimiento.
Con respecto a la consulta, la respuesta por parte de Colpensiones es correcta, ellas no pueden ser beneficiarias del régimen de transición porque no cumplen los requisitos mínimos. la única opción en este momento es solicitar la indemnización sustitutiva de pensión, lo que significa que le devolverán los aportes realizados.
bueno mi inquietud es que tengo 1800 semanas y cumplo en julio 2015 los 60 será que si paso papeles para mi pensión como se demoran me puedo pensionar a los 60 gracias
Señor German, debe esperar cumplir 62 años de edad.