Régimen De Transición del Iss a Colpensiones
Respecto al régimen de transición o ley de transición vemos en los comentarios de nuestros lectores que existen muchas dudas y consideramos de suma importancia aclararlas en este articulo.
Como ya sabemos la ley 100 del año 93 fue la ley que en su momento creo el actual sistema general de pensiones entrando en vigencia a partir del 1° de abril del año 94.
Al momento de entrar en vigencia la ley en mención existían personas que estaban próximas a cumplir los requisitos para acceder a su pensión, el estado quiso proteger las expectativas de estas personas que se encontraban próximas a obtener su pensión e impuso ciertos requisitos para que se pensionaran con el régimen anterior.
Los requisitos del régimen de transición son:
- Al 1° de abril de 1994 el afiliado(a) tenga 40 o mas años de edad en el caso de los hombres y 35 o mas años de edad en el caso de las mujeres o al 1° de abril de 1994 el afiliado(a) tenga 15 o mas años de servicios cotizados tanto para hombres y mujeres.
- Completar los requisitos de edad y semanas cotizadas previstos por la ley antes del 31 de Diciembre de 2014.
La ley 100/93 también puso como fecha limite hasta el día 31 del mes de Julio de 2010 para obtener el beneficio del régimen de transición, pero quienes al 25 de julio de 2005 tenían mas de 750 semanas cotizadas la fecha limite para pensionarse con el régimen anterior se extiende hasta el 31 de Diciembre de 2014.
Gracias a la ley 100 /93 quienes cumplan estos requisitos pueden pensionarse con el régimen anterior, es decir, la ley 33 de 1985 sector publico y Ley 71 de 1988 sector privado,.
Ademas del Decreto Ley 0758 de 1990 (decreto que aprobó el acuerdo 049 de 1990 del ISS). a) 55 años de edad para las mujeres y 60 años de edad para los hombres. b) 500 semanas cotizadas en los últimos 20 años antes de cumplir la edad para pensión de vejez o 1.000 semanas cotizadas en cualquier tiempo.
Para tener en cuenta en el régimen de transición
La ley de transición no aplica para quienes siendo beneficiarios de dicho régimen pensional se trasladaron al régimen de ahorro individual (fondos privados).
Excepto quienes al primero de abril de 1994 tenían mas de 15 años de servicios cotizados la Corte Constitucional permitió que retornen al régimen de prima media (antes ISS, hoy Colpensiones) y puedan gozar del beneficio de la ley de transición.
Estableciendo los siguientes requisitos:
- Trasladar todos los aportes que haya acumulado en el régimen de ahorro individual.
- El ahorro en el régimen de ahorro individual, incluidos sus rendimientos y el valor correspondiente del fondo de garantía de pensión mínima, no sea inferior al monto total que habría obtenido en caso de haber permanecido en el régimen de prima media.
Estos son algunos de los requisitos y exigencias para el traslado de sus semanas cotizadas para pensionarse.
Tenga en cuenta que si usted requiere mas información sobre los tramites puede ingresar a la pagina web de Colpensiones, allí encontrara formularios, certificados e información sobre los servicios que presta.





buenas tardes doctor, mi pregunta es la siguiente yo naci el 11 de abril de 1954 y estoy cotizando desde el 8 de octubre de 1983 a la fecha en este momento tengo 1560 semanas cotizadas yo quiero saber si me pensiono con los 60 ya cumplidos muchas gracias por su respuesta
Señor Marcotulio, para saber si usted lo beneficia el régimen de transición consulte nuestro artículo sobre ese tema, lo puede encontrar en la pagina de inicio.
Doctor Rivas .
Le agradezco me informe Mi esposo al cumplir los 60 años de edad en el mes de marzo año 2005, tenia 615 semanas cotizadas, mi pregunta es; tiene derecho a reclamar pensión antes de diciembre 31 del 2014.
mil gracias quedare en espera de su respuesta
Señora Amanda, debe completar 1.300 semanas de cotización y 62 años de edad que son los requisitos actuales para obtener la pensión.
Dr Jairo, le agradezco decirme cuantos años son las 750 semanas de que trata el acto legislativo de 2005?
Gracias por su atención
Señora Miryam, deben ser 750 semanas y no años. Siempre es mejor utilizar el termino semanas y no años, ya que los aportes se basan en esa medida.
Dr. Rivas Estoy organizando mis documentos para presentar la solicitud de reconocimiento de pensión; el acto legislativo de 2005 habla de 750 o su equivalente en tiempo de servicios para continuar amparado por el régimen de transición, ya que en este el requisito de tiempo son 20 años de servicios. Por eso necesito hacer esa conversión para ver si aún continúo en dicho régimen.
Mil gracias por atender mi inquietud.
Miryam, si a esa fecha en su historia laboral tenía mínimo 750 semanas (no años, para esa fecha las historias laborales ya se manejaban en semanas), el beneficio de la ley de transición lo tiene hasta el 31 de Diciembre de este año.
Buenos dias! Doctor muchas gracias por su aclaracion. Dios lo bendiga
Con gusto Jairo
Buenas tardes! al 1 de abril de 1994 tenia 18 años cotizados al iss, los 60 años los cumplo en mayo del 2015 me alcanzo a pensionar a esta edad? ..Gracias
Hola Jairo, no es posible ya que la fecha limite para pensionarse con el régimen de transición es hasta el 31 de diciembre de 2014. Cumpliendo los requisitos de edad y semanas antes de esa fecha. (puedo deducir que tiene las semanas requeridas pero no la edad)
buenas tardes! exactamente tengo 1941 semanas, asumi que el estar con mas de 15 años cotizados al 1 de abril de 1994 me amparaba independientemente de la finalizacion de la ley de transicion, talvez por pertenecer al regimen anterior de la ley 100…gracias.
Lo que dice es correcto, pero solo ese requisito no le basta. La reforma constitucional de 2005 impuso otro requisito: debe cumplir las semanas y edad antes de la fecha limite (Diciembre 31 año 2014) como usted cumple los 60 años en 2015, por este solo motivo no se puede pensionar con este régimen, debe esperar solo dos años más, al menos es poco tiempo.