Régimen De Transición del Iss a Colpensiones
Respecto al régimen de transición o ley de transición vemos en los comentarios de nuestros lectores que existen muchas dudas y consideramos de suma importancia aclararlas en este articulo.
Como ya sabemos la ley 100 del año 93 fue la ley que en su momento creo el actual sistema general de pensiones entrando en vigencia a partir del 1° de abril del año 94.
Al momento de entrar en vigencia la ley en mención existían personas que estaban próximas a cumplir los requisitos para acceder a su pensión, el estado quiso proteger las expectativas de estas personas que se encontraban próximas a obtener su pensión e impuso ciertos requisitos para que se pensionaran con el régimen anterior.
Los requisitos del régimen de transición son:
- Al 1° de abril de 1994 el afiliado(a) tenga 40 o mas años de edad en el caso de los hombres y 35 o mas años de edad en el caso de las mujeres o al 1° de abril de 1994 el afiliado(a) tenga 15 o mas años de servicios cotizados tanto para hombres y mujeres.
- Completar los requisitos de edad y semanas cotizadas previstos por la ley antes del 31 de Diciembre de 2014.
La ley 100/93 también puso como fecha limite hasta el día 31 del mes de Julio de 2010 para obtener el beneficio del régimen de transición, pero quienes al 25 de julio de 2005 tenían mas de 750 semanas cotizadas la fecha limite para pensionarse con el régimen anterior se extiende hasta el 31 de Diciembre de 2014.
Gracias a la ley 100 /93 quienes cumplan estos requisitos pueden pensionarse con el régimen anterior, es decir, la ley 33 de 1985 sector publico y Ley 71 de 1988 sector privado,.
Ademas del Decreto Ley 0758 de 1990 (decreto que aprobó el acuerdo 049 de 1990 del ISS). a) 55 años de edad para las mujeres y 60 años de edad para los hombres. b) 500 semanas cotizadas en los últimos 20 años antes de cumplir la edad para pensión de vejez o 1.000 semanas cotizadas en cualquier tiempo.
Para tener en cuenta en el régimen de transición
La ley de transición no aplica para quienes siendo beneficiarios de dicho régimen pensional se trasladaron al régimen de ahorro individual (fondos privados).
Excepto quienes al primero de abril de 1994 tenían mas de 15 años de servicios cotizados la Corte Constitucional permitió que retornen al régimen de prima media (antes ISS, hoy Colpensiones) y puedan gozar del beneficio de la ley de transición.
Estableciendo los siguientes requisitos:
- Trasladar todos los aportes que haya acumulado en el régimen de ahorro individual.
- El ahorro en el régimen de ahorro individual, incluidos sus rendimientos y el valor correspondiente del fondo de garantía de pensión mínima, no sea inferior al monto total que habría obtenido en caso de haber permanecido en el régimen de prima media.
Estos son algunos de los requisitos y exigencias para el traslado de sus semanas cotizadas para pensionarse.
Tenga en cuenta que si usted requiere mas información sobre los tramites puede ingresar a la pagina web de Colpensiones, allí encontrara formularios, certificados e información sobre los servicios que presta.





Buenas noches, tengo 1676 semanas cotizadas, quede sin empleo el 30/06/13, cumplo los 55 años el 8 de enero 2015. Preguntas: * Me puedo pensionar en el 2015? teniendo en cuenta que uno puede pasar papeles 1 mes antes de cumplir la edad.
* Debo seguir cotizando? mi ultimo salario era $3.425.000.oo, sin empleo ya no puedo mantener el promedio, que debo hacer.
Mil gracias.
Buen dia, debe esperar a cumplir los 57 años de edad. No tiene ningún problema si no puede seguir cotizando. Pero lo ideal es que lo haga.
Buenas noches, mi inquietud es soy Funcionaria del INPEC posesionada desde el 28 de julio de 1994, tengo derecho a pensionarme este año 2014? que cumplo 20 años de servicio y con régimen especial, ahora en COLPENSIONES no me aparece tiempo siendo el empleador el que esta en la obligación de darme ese tiempo porque ponen a funcionar a las personas acaso esta situación NO acarrea sanciones para la entidad en este caso es el INPEC.
Muchas gracias agradezco su valiosa atención DIOS LE BENDIGA
Buen día, la pensión especial de vejez que incluye a los funcionarios del INPEC no establece como requisito haber cumplido 20 años de servicio, los requisitos especiales son: 1.000 semanas de cotización (700 con cotizaciones especiales) y 55 años de edad.
Sobre las semanas faltantes debe solicitar una corrección de su historia laboral ante Colpensiones, en el menu superior esta la pagina que explica como hacerlo y también puede descargar los formularios necesarios.
Doctor Rivas, de acuerdo al articulo 36 de la Ley 100 de 1993. Según leí este articulo, si la persona es mujer y ha completado mas de 750 semanas a Julio del 2005, porqué no la cobijaría el régimen de transición?
Buenas noches, como dice nuestro articulo, si es beneficiaria del régimen de transición, ya que por el contrario se extiende hasta Diciembre 31 del presente año. Eso se dio con la reforma constitucional del 2005.
Buenos días, deseo saber si puedo beneficiarme de la ley de transición, nací el 18 de diciembre de 1959, cotice en el ISS hasta 1999 y en fondo privado hasta la fecha. A la actualidad tengo 1206 semanas cotizadas, he cotizado desde 1982.
Gracias por su atención.
En este mismo articulo está su respuesta
buenas tardes: tengo esta inquietud la persona nacio en julio de 1956 y al restar 1 abril del 94 , le faltarían 2 meses para la pensión, por el otro lado tiene a 1994 638 semanas. tampoco la cubriría por este lado, pero al leer este articulo observo que podría pensionarse con el régimen de transición por tener mas de 750 a 25 de julio 2005 estoy en lo cierto? o estoy errada me ayuda con mi duda por favor
No la beneficia la ley de transición ya que el 1 de abril de 1994 tenia solo 38 años de edad, el requisito del 2005 es para extender la fecha limite para quienes cumplían uno de los 2 requisitos anteriores.