Requisitos Para Pensionarse

Requisitos para pensionarse en Colombia¿Que Requisitos Necesito Para Pensionarme?

A continuación vamos a explicar cuales son los requisitos para pensionarse.

Antes que nada es importante recordar que en Colombia existen dos regímenes a los que se puede afiliar: Régimen de Prima Media (antes Seguro Social Hoy es Colpensiones).

El Régimen de Ahorro Individual con Solidaridad (Administrado por los fondos de pensiones privados) en cualquiera de estos dos regímenes se puede obtener la pensión de vejez, pensión de sobrevivencia, y pensión de invalidez.

Requisitos para obtener la pensión de vejez:

1. A partir del 1° de enero del 2014 la edad se incrementará a 57 años para la mujer, y 62 años para los hombres, donde antes era de 55 años de edad, en las mujeres o 60 años en el caso de los hombres.
2. Haber cotizado un mínimo de 1.300 semanas en cualquier tiempo.
A partir del 1° de enero del 2005 el número de semanas cotizadas se incremento en 50 y a partir del 1° de enero de 2006 se incremento 25 cada año hasta completar 1.300 semanas cotizadas a el año 2015.

Estos son en términos generales los requisitos para obtener la pensión de vejez. Veamos alguno apartes importantes que la ley 100 dice:

  • El tiempo efectuado como trabajadores vinculados con empleadores que antes de entrar en vigencia de la Ley 100 de 1993 tenían a su cargo el reconocimiento y pago de la pensión, de tal forma que la vinculación laboral se encontrara vigente o haya comenzado posteriormente a la vigencia de la Ley 100 de 1993.
  • El total de semanas cotizadas exigidas puede ser en cualquiera de los dos regímenes del sistema general de pensiones o en ambos.
  • El tiempo laborado estando vinculados con empleadores que por omisión no hubieren afiliado al trabajador.

Preguntas y Respuestas más comunes

¿Las pensiones en los administradores de fondos de pensiones (AFP) son vitalicias?

R. las pensiones tanto en el Régimen de Prima Media y en el Régimen de Ahorro Individual con Solidaridad son vitalicias.

¿Qué son las pensiones anticipadas?

R. es un beneficio en el Régimen de Ahorro Individual (son las pensiones administradas por los fondos privados) que le permite pensionarse a cualquier edad, es decir no debe esperar a cumplir 57 años (mujeres) o 62 años (hombres), para esto los recursos en la cuenta deben permitir financiar una pensión de por lo menos 110% del salario mínimo actual.

Asegúrese de tener un control  constante en las cotizaciones que realizan y las semanas que va acumulando con los aportes realizados al sistema de pensión al que se encuentre vinculado.

Así puede evitar molestias y disgustos cuando ingrese documentos para su pensión.

Esperamos que este articulo despeje sus dudas con respecto a los requisitos para obtener le pensión de vejez.

Comparte este artículo
Abogado Antonio Rivas

Abogado Antonio Rivas

Antonio Rivas es egresado de University of California, Berkeley. Doctor en derecho, con varias especializaciones en derecho, entre ellas: Derecho Laboral, Derecho de Familia, Derecho Migratorio, Derecho Civil y Derecho Penal. Encantado de compartir mis conocimientos por medio de este sitio web.

Bendiciones y muchos éxitos.

Artículos: 174

162 comentarios

  1. Doctor Buenas Noches

    Mi papa tiene 54 años de edad, pero actualmente sufrio un accidente laboral que le impide seguir laborando, aunque actualmente se encuentra incapacitado y asi desde hace 6 meses, piensa que es mejor pensionarse, estuvimos verificando y desde el año 1988 tiene cotizadas 1263 semanas, esto le podria alcanzar para pensionarse en este tiempo.

    Quedamos atentos a su respuesta

    Muchas Gracias por la atencion prestada

    • Buenos dias, aun no cumple los requisitos minimos para pensionarse, puede pedir una indemnizacion sustitutiva ante Colpensiones.

  2. cumplo 55 años el 21 de mayo del 2014 y tengo 24 años de tabajo cuando me toca pensionarme

  3. Doctor mi mami trabajo 11 años con la secretaria de educacion 536 semanas le negaron la pension y me dieron un indemnizacion sustantva de 4 millones novecientos agradezco me informe si la accion tomada por colpensiones esta bien o puedo hacer algo . gracia

    • buen dia

      fue una indemnizacion sustitutiva y para determinar si esta bien o mal es necesario mas informacion acerca de los aportes.

  4. en abríl 30 de 2013 cumplí los 55 años, trabajé en una empresa 24 años consecutivos desde el año de 1979 hasta el 2004,
    en la historia laboral sólo me reconocieron 574 semanas,
    ya solicite corrección en sept 3 y hasta la fecha no me han dado respuesta alguna.
    preguntas:
    a donde debo acudir para agilizar esta corrección, pues me dijeron que se demoraban 2 meses y ya se cumplieron, y todo sigue igual
    – cuando me concedan la pensión, debe ser desde abril 30 o desde que presente los papeles necesarios con la semanas cotizadas?, pues el error es de ellos, no de la empresa ni mio.
    gracias por su información

    • El mecanismo adecuado para la correccion de esta informacion es mediante un derecho de petición, asi por ley ellos deben dar respuesta en 15 dias maximo, porque de lo contrario estarian violando un derecho fundamental. Cabe anotar que debe anexar todos los documentos que soporten los pagos de las semanas que esta reclamando. La pension se reconoce desde el momento que radique los documentos.

  5. mi pregunta es si hay manera de ver en detalle las semanas cotizadas en colpensiones, gracias `por su atencion.

    • En el menu superior hemos creado un tutorial de como consultar su historia laboral, de clic en «Colpensiones Historia Laboral»

Deja un comentario

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *

Este sitio usa Akismet para reducir el spam. Aprende cómo se procesan los datos de tus comentarios.