ISS – Colpensiones: Régimen De Transición

Regimen de transicion pensionalRégimen De Transición del Iss a Colpensiones

Respecto al régimen de transición o ley de transición vemos en los comentarios de nuestros lectores que existen muchas dudas y consideramos de suma importancia aclararlas en este articulo.

Como ya sabemos la  ley 100 del año 93 fue la ley que en su momento creo el actual sistema general de pensiones entrando en vigencia a partir del 1° de abril del año 94.

Al momento de entrar en vigencia la ley en mención existían personas que estaban próximas a cumplir los requisitos para acceder a su pensión, el estado quiso proteger las expectativas de estas personas que se encontraban próximas a obtener su pensión e impuso ciertos requisitos para que se pensionaran con el régimen anterior.

Los requisitos del régimen de transición son:

  1. Al 1° de abril de 1994 el afiliado(a) tenga 40 o mas años de edad en el caso de los hombres y 35 o mas años de edad en el caso de las mujeres o al 1° de abril de 1994 el afiliado(a) tenga 15 o mas años de servicios cotizados tanto para hombres y mujeres.
  2. Completar los requisitos de edad y semanas cotizadas previstos por la ley antes del 31 de Diciembre de 2014.

La ley 100/93 también puso como fecha limite hasta el día 31 del mes de Julio de 2010 para obtener el beneficio del régimen de transición, pero quienes al 25 de julio de 2005 tenían mas de 750 semanas cotizadas la fecha limite para pensionarse con el régimen anterior se extiende hasta el 31 de Diciembre de 2014.

Gracias a la ley 100 /93 quienes cumplan estos requisitos pueden pensionarse con el régimen anterior, es decir, la ley 33 de 1985 sector publico y Ley 71 de 1988 sector privado,.

Ademas del Decreto Ley 0758 de 1990 (decreto que aprobó el acuerdo 049 de 1990 del ISS). a) 55 años de edad para las mujeres y 60 años de edad para los hombres. b) 500 semanas cotizadas en los últimos 20 años antes de cumplir la edad para pensión de vejez  o 1.000 semanas cotizadas en cualquier tiempo.

Para tener en cuenta en el régimen de transición

La ley de transición no aplica para quienes siendo beneficiarios de dicho régimen pensional se trasladaron al régimen de ahorro individual (fondos privados).

Excepto quienes al primero de abril de 1994 tenían mas de 15 años de servicios cotizados la Corte Constitucional permitió que retornen al régimen de prima media (antes ISS, hoy Colpensiones) y puedan gozar del beneficio de la ley de transición.

Estableciendo los siguientes requisitos:

  1. Trasladar todos los aportes que haya acumulado en el régimen de ahorro individual.
  2. El ahorro en el régimen de ahorro individual, incluidos sus rendimientos y el valor correspondiente del fondo de garantía de pensión mínima, no sea inferior al monto total que habría obtenido en caso de haber permanecido en el régimen de prima media.

Estos son algunos de los requisitos y exigencias para el traslado de sus semanas cotizadas para pensionarse.

Tenga en cuenta que si usted requiere mas información sobre los tramites puede ingresar a la pagina web de Colpensiones, allí encontrara formularios, certificados e información sobre los servicios que presta.

 

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Abogado Antonio Rivas

Abogado Antonio Rivas

Antonio Rivas es egresado de University of California, Berkeley. Doctor en derecho, con varias especializaciones en derecho, entre ellas: Derecho Laboral, Derecho de Familia, Derecho Migratorio, Derecho Civil y Derecho Penal. Encantado de compartir mis conocimientos por medio de este sitio web.

Bendiciones y muchos éxitos.

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173 comentarios

  1. Buenas tardes: DR. Rivas, tengo 1399 semanas cotizadas, tengo 53 años de edad, cotizo desde el año 1982, ¿ a que edad me pensiono?
    Gracias.

  2. Al 22 de julio de 2005, si tengo más de 750 semanas cotizadas pero en cuanto al punto 1, pero al 1 de abril de 1.994 tenía yo 32 años de edad, entonces ¿ Que se puede hacer en este caso?

    • No le beneficia la ley de transicion, ya que el segundo punto es solo para extender la fecha en la que se podian pensionar y la reforma de 2005 fue posterior a la ley 100 /93

  3. Tengo una duda si el régimen de trancicion termina el 31 de diciembre del 2014 entonces las personas que cumplieron los 35 años en 1994 pero después del 1 de abril entrarían en dicho regimen

    • No, solo quienes a 1° de abril de 1994 tenían 35 o mas años de edad en el caso de las mujeres.

  4. Quiero saber si ya me puedo pensionarme. Tengo59 años ya tengo las semanas cotizadas. En el CADE de suba no medieron información me dicen que por Internet. Pero no lo ubicó. por favor como lo busco gracias.

  5. Doctor Rivas, acabo de leer su artículo sobre el REGIMEN DE TRANSICIÓN y tengo una inquietud: usted dice que la ley 100/93 también puso como fecha límite hasta el 22 de julio de 2010 para obtener el beneficio del régimen de transición, pero quienes al 22 de julio de 2010 tenían más de 750 semanas cotizadas, la fecha límite para pensionarse con el régimen anterior, se extiende hasta el 31 de diciembre de 2014; Mi pregunta es: ¿ Yo tengo aproximadamente 780 semanas cotizadas hasta antes del 2010 (9 años 3 meses de la policia,14 meses de una empresa de transportes y 5 años de colombina) estos periodos intermitentes empezando desde 1980 y en marzo de 2014 cumplo 52 años de edad, me cobija o no el régimen de transición? GRACIAS POR SUS CONOCIMIENTOS Y AYUDA.

    • El regimen de trasicion va hasta julio de 2010, y se extiende hasta el 31 de Diciembre de 2014 si al 22 de Julio de 2005 el afiliado tenia por lo menos 750 semanas cotizadas. Si usted al 22 de Julio de 2005 tenia mas de 750 semanas si lo cobija la ley de transición. Siempre y cuando cumpla los requisitos del punto 1.

      • Buenos dias Dr. Rivas.
        Soy mayor de 60 años, beneficiaria en salud de un hijo, tengo 15 años aportados al sistema pensional.
        Pregunto si puedo cotizar solamente a Pensión sin tener que hacerlo también a Salud.

        Gracias por su respuesta.

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