Programa Pension Familiar: Reconocen Primera Pensión En Risaralda

Primero pension familiar reconocidaLa primera pensión familiar de Risaralda que fue concedida judicialmente a la pareja Jorge Eliécer Montoya y María Marleny Herrera, después de haber realizado reclamaciones ante Colpensiones.

Donde solo recibían respuesta negativa y seguidamente enviando la respectiva demanda laboral, este proceso tardo desde la reclamación administrativa hasta el día de la sentencia, con todo este proceso tardaron quince meses.

La sentencia judicial que le correspondió al Juzgado 5 Laboral del Circuito de Pereira no posee antecedentes en Risaralda, ya que es una prestación demasiado nueva.

El profesional en Derecho y representante de la pareja demandante, Óscar Alzate manifestó que Colpensiones reconoce de que es una Ley de la República muy nueva y que aún el sistema interno no está adecuado para registrar esta prestación reconocida desde el año pasado.

Son dos reglamentaciones que existen sobre esta materia en particular de la cuales se desglosan varios requisitos específicos, (Decreto 1588 de 2014 – Ley 1580 de 2013). El objetivo es permitirle a las parejas tener la posibilidad de depositar las cotizaciones en un fondo privado o los aportes en Colpensiones, para así obtener una sola pensión para los dos; demarco el profesional de derecho.

Requisitos exigidos por la ley para la pensión familiar

Para solicitar la prestación, sea en un fondo privado o en Colpensiones, es obligatorio que la pareja se encuentre afiliada en el mismo fondo, que entre los dos sumen 1.300 semanas, haber cumplido 57 años en el caso de las mujeres y 62 años en el caso de los hombres.

Ademas debe pertenecer a los niveles 1 o 2 del Sisbén, tener cotizado a los cuarenta y cinco años de edad un mínimo del veinticinco por ciento de las mil trescientas semanas que exige la ley y demostrar una convivencia de cinco años o más antes de cumplir los cincuenta y cinco años de edad.

Así mismo, la norma también señala que se reconocerá la pensión por un salario mínimo, desde la fecha que se notificaron las documentaciones para solicitar la prestación económica, el titular será de los dos el que tenga más semanas cotizadas.

Agrega el profesional Alzate que aún no se ha realizado la etapa final de la pareja que representa María Marleny Herrera y Jorge Eliécer Montoya, falta esperar que Colpensiones los incluya en la nómina, sabiendo que el fallo judicial es una orden de un juez que se debe cumplir sin tardanza, aun así Colpensiones es lento para el reconocimiento de las pensiones, ha llegado a superar el año para tal efecto.

Pero debe tener en cuenta que  en estos pagos se realizan de manera retroactiva, pues la lo que demore la entidad la solicitud, no tiene que ver con el tiempo legal que le corresponde al pensionado que debe ser pagado en su totalidad, desde la fecha que se ingresan los documentos requeridos.

Este es un recurso del que puede hacer uso todo ciudadano teniendo en cuenta que debe tener un mínimo de semanas cotizadas, ademas de que en este caso la edad si es un requisito obligatorio para recibir este beneficio.

Si necesita mas información puede encontrarla en las paginas oficiales de Colpensiones y del Gobierno Nacional

Author: Abogado Antonio Rivas

Antonio Rivas es egresado de University of California, Berkeley. Doctor en derecho, con varias especializaciones en derecho, entre ellas: Derecho Laboral, Derecho de Familia, Derecho Migratorio, Derecho Civil y Derecho Penal. Encantado de compartir mis conocimientos por medio de este sitio web. Bendiciones y muchos éxitos.

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