Manual Para Consultar Su Historia Laboral En Colpensiones
Si tiene dudas acerca de como obtener su historia laboral en colpensiones puede acceder al manual de instrucciones creado por Colpensiones para acceder a sus semanas cotizadas facilmente. El documento que deberá decargar es el #17.
Y lo más importante, también aprenderá a analizar y entender el reporte descargado sobre los aportes realizados a pensión.
Para acceder a la zona de descargas gratuitas CLIC AQUÍ, recuerde que debe descargar el documento #17.
Hemos creado un tutorial paso a paso para hacer la consulta de todo el reporte de semanas cotizadas accediendo a su cuenta de afiliado en el portal de Colpensiones. Esto lo puede hacer desde la comodidad de su casa.
No importa si no está registrado, allí explicamos por medio de un vídeo como hacer el registro en la zona de trámites y consultas en línea, es muy fácil y rápido.
Ir al tutorial de consulta de la historia laboral del afiliado
Muchos de nuestros lectores nos preguntan: ¿que debo hacer cuando faltan semanas cotizadas en mi historia laboral? ¿se pueden recuperar esas semanas? ¿que debo hacer?
Existen dos opciones, dependiendo del caso puede recurrir a una de ellas.
OPCION 1:
- Cuando usted trabajo en una empresa seria, por lo tanto usted esta completamente seguro de que la empresa hizo los aportes oportunamente sin falta alguna. Pero en el historial laboral no aparecen.
En este caso usted debe ir donde ese empleador o empresa y pedir copia de los aportes a pensión o seguridad social y presentarlos ante Colpensiones o el fondo privado de pensiones mediante un oficio, anexando la copia original de los soportes de pensión que le entregó el empleador o empresa.
Es importante que usted tenga una copia con el recibido debidamente firmado con hora y fecha por la persona que le recepcionó dicho documento, ademas de las copias de los soportes anexados.
Todas estas recomendaciones se hace con el fin de agilizar los tramites, ademas que usted debe soportar con pruebas como los desprendibles de pago, para que su solicitud sea atendida.
Todo este procedimiento se explica muy claramente en este articulo «Corrección Semanas Cotizadas»
OPCION 2:
- Si usted trabajo en una empresa y ésta realmente no hizo los pagos de los aportes de pensión o seguridad social usted debe acudir ante su fondo de pensiones y decirle que: «a su nombre y de manera inmediata inicie las acciones de cobro contra la empresa que no hizo los aportes a pensión.
Esto lo ampara el artículo 24 de la ley 100 de 1993, que obliga a los fondos de pensiones a iniciar las acciones judiciales de cobro en contra de las empresas morosas.
De tal manera que en este último caso, el fondo de pensiones esta en la obligación de iniciar las acciones legales en contra de la empresa o empleador que no hizo los aportes de manera correcta.
Pese a que a diario se realizan campañas sobre como estar al día con la historia laboral, Colpensiones no deja de recibir esta clase de solicitudes, pues son casos del día a día, para lo que se vienen adelantando campañas de toma de conciencia laboral
Donde los mas beneficiados son los trabajadores, pues al tener conocimiento del estado de su historia laboral, puede tener presente que cantidad de semanas ha cotizado, y cuantas le faltan para cumplir la meta.
Teniendo orden y conocimiento sobre la historia laboral se evitaran toda clase de altercados a la hora de realizarse la solicitud de pensión.




Dr. Rivas. Actualmente tengo 67 años de edad, cotice 3 años en el seguro social antes del año 1990, y llevo 18 años cotizando en cajanal, desde el año 1996, actualmente estoy cotizando, cuantas semanas tengo que seguir cotizando para pensionarme o ya tengo derecho a mi pensión con lo que he cotizado hasta ahora. gracias por su orientacion.
Señor Enrique, debe completar por lo menos 1.150 semanas cotizadas en total para pensionarse.
Buenos días Doctor,
Ante todo gracias por su valiosa información en este sitio WEB.
Doctor, estoy en el trámite para solicitar mi pensión de vejez ante Colpensiones, pero en mi historial laboral aparecen semanas POR CONFIRMAR. Ese periodo por confirmar es de los últimos años, los cuales trabajé por ODS en un Hospital en Bogotá, los pagos tanto de pensión como de salud los realicé todos en el banco y en la plataforma MiPlanilla, además era un requisito presentar dichos soportes para que mi empleador realizara el pago y renovación de contrato.
No tengo todos los comprobantes de pago de cada mes, como puedo hacer para la consecución de éstos o para demostrar a Colpensiones que si se realizaron dichos pago?
Gracias Doctor por su tiempo y su acertada orientación.
Cordial Saludo,
Nubia.
Nubia yo comenzaria por solicitar los comprobantes a el banco y a MiPlanilla, ellos pueden darle un reporte por el periodo de fecha que usted les solicite.
Gracias Doctor
Con gusto Nubia.
Dr. Buenas Noches, mi papà es pensionado desde 1991 ahora tiene 83 años y mi mamà 80, el puede reclamar el incremento del 14% por conyuge y esto debe hacerse por medio de abogado o se puede dirigir directamente a Colpensiones.
Muchas gracias.
Hola Luz Dary, si su papá es pensionado de 1991 si tiene derecho al incremento del 14%. Se puede hacer directo o por medio de abogado. Por medio de abogado es mucho más hagil.
Si tengo una pensión de sobreviviente y me vuelvo a casar con un pensionado, éste puede reclamar incremento pensional por mí?.
Mil gracias.
El incremento pensional solo aplica si el conyugue no devenga ningún ingreso.
Muy buenas noches Dr. Rivas
Reclamé mi pensión de vejez ante Colpensiones y me la negaron diciendo que me faltan semanas en una empresa . «que siga cotizando». Hice el recurso de reposición y apelación y me la siguen negando que porque yo tengo una pensión de sobreviviente y hasta me llegó una carta del CONSORCIO COLOMBIA MAYOR informándome que COLPENSIONES les pidió me retiraran de allí por cuanto ya tengo esta prestación. ¿ Es esto justo?.
Después, Colpensiones me dice que van a mandar el recurso al SUPERIOR GERÁRQUICO para la CARGA DE LA PRUEBA. Esto fue en Octubre de 2014.
Por favor me dice: ¿ Qué es la Carga de la prueba y en qué consiste?
Cordial saludo.
Señora Martha si ya es beneficiaria de una pensión no le pueden dar otra, a menos que demuestre con pruebas ante un Juez de la República que necesita de las dos pensiones para poder vivir. La carga de la prueba no es otra cosa que todos los elementos probatorios que enviará Colpensiones a su superrior gerárquico para demostrar que no deben seguirle dando un subsidio ya que recibe una pensión.
Lo que no es justo es que una persona que recibe una pensión reciba un beneficio adicional de un programa (Colombia Mayor) que está diseñado para aquellas personas que tienen un trabajo informal y no pueden pagar la totalidad de los aportes minimos, no cree que es quitarle la oportunidad a que una persona de bajos ingresos puede adquirir una pension o por lo menos una renta vitalicia asi no sea el salario minimo.