En Colpensiones Todo Es Gratuito Así Que No Se Deje Engañar
Los Directivos de
Colpensiones, resaltaron que los trámites y formularios de Colpensiones son totalmente gratuitos, por lo que los usuarios no necesitarán de tramitadores o abogados para consultar su historia laboral o solicitar su pensión.
Señalaron:
“Los usuarios de Colpensiones tienen dos puntos de atención, las oficinas reales, que es donde la gente va, hace sus trámites y los radica, y las oficinas virtuales desde el punto de vista de call center y página web, lo qué permite la facilidad de los trámites.
Hoy en día desde la pagina web la persona puede descargar y consultar su historia laboral y los certificados de afiliación, es decir, lo puede hacer directamente desde su casa sin tener que ir a una oficina, sin tener que desplazarse”.
Son descargables todos los formatos del sitio web de Colpensiones y no tienen ningún precio, así que no se deje timar por las personas que intenten venderle formularios o que le cobren por algún procedimiento.
Desde el portal virtual puede tener acceso a revisar su aportes realizados, y el tiempo de cada uno de ellos, lo que le permite mantener un control de sus ahorros, así como también de los empleadores realicen los pagos respectivos.
Así es posible evitar malos entendidos a la hora de presentar la solicitud de su pensión, ya que como requisito le exigirán un determinado numero de semanas cotizadas, ademas de cumplir con la edad, entre otras cosas.
Ventajas De Estar Afiliado A Colpensiones
Al ser Colpensiones el Administrador de Pensiones del estado, es una entidad financiera especial que se encuentra vinculada al Ministerio del Trabajo, al se la entidad encargada de Administrar El Régimen de Prima Media, ademas de el Sistema de Ahorro de Beneficios Económicos Periódicos BEPS.
Si usted se encuentra afiliado a Colpensiones o esta buscando quien administre sus ahorros, tenga en cuenta lo siguiente:
Al hacer parte de este régimen encontrara que sus ahorros están debidamente respaldados y protegidos.
Al momento de ser liquidado por la empresa para la que trabaja, Colpensiones vela y garantiza el pago correspondiente a las prestaciones legales vigentes, ademas de que le reconozcan todos los beneficios a los que tiene derecho.
Si usted o su empresa realiza los pagos de sus aportes de manera adecuada si llega a a padecer de una enfermedad o un accidente derivado del trabajo, este se tomara como accidente laboral, y en caso de incapacidad, se le pagara al trabajador lo correspondiente por este hecho.
Y en caso de invalidez, se harán los exámenes y solicitudes pertinente, para que el trabajador sea evaluado por un grupo médico para determinar si llega a ser el caso, en darle la pensión.
Haga parte ahora mismo del los millones de beneficiados.




Buenos dias,
Soy colombiano, tengo 50 años y vivo en el exterior hace muchos años. Por ese motivo Nunca cotice aqui en Colombia. Me gustaria saber si es posible iniciar ahora y cual de los dos regimenes de pensiones seria el mas conveniente. Gracias.
Siempre recomiendo los fondos del estado, ya que estan respaldados por el mismo estado y la pension no va a depender de las utilidades que obtengan los dineros de todos los aportantes en los mercados de inversiones. Que en el caso que los fondos no obtengan los beneficios esperados las pensiones se ven afectadas. Mientras que un fondo del estado es imposible que vea afectado. El estado responde.
buenas tardes. tengo una inquietud, hace 37 años mi esposo cotizo en el seguro social fallecio hace 21 años, y en ese entonces estaba cotizando nuevamente por parte de la subestacion electrica, como fallecio en la casa, en el seguro solo dieron un auxilio mortuorio de 120 mil pesos(segun mi cuñado) yo cotize tiempo despues por algun tiempo, mi pregunta es: me pueden reunir su tiempo y el mio para seguir cotizando? en la actualidad tengo 55 años.gracias por tu atencion, te agradeceria si me respondes en el menopr tiempo posible.
Buen dia, se conoce como pension familiar y esta consagrada en la Ley 1580 del 2012.
BUEN DIA ABOGADO MI PREGUNTA ES HACE 35 AÑOS COTICE 7 AÑOS CON LA ENTIDAD DEL SEGURO SOCIAL Nunca mas volví a cotizar mi pregunta es tengo derecho a una pensión o que pasaría con ese tiempo cotizado gracias por su respuesta
Buen dia, puede seguir cotizando sin ningun problema, el tiempo cotizado no lo pierde.
abogado buenas noches, a quien debo recurrir para reclamar sobre en el año 2005 adquiri leptospirosis en la empresa donde laboro y a sabiendas que el foco infeccioso se encontro en esta no reclame porque fui calificada como enfermedad general y a causa de esto en estos momentos llevo dos años incapacitada por neuralgia trigemino y la medica profesional afirma en todas las historias clinicas que esto es debido a que esta enfermedad dejo secuela y padezco neuralgia trigemino… quedo agradecida ana
Debe acudir ante su fondo de pensiones.
Abogado buenas noches, acabo de recibir mi pension, pero no me tuvieron en cuenta para mi pension que yo cotice con tarjeta de identidad pero si obtengo varias tarjetas del seguro social, que debo hacer para reclamar ah teniendo en cuenta años anteriores mil gracias para asi no perder 6 años cotizados asi me cubre la ley de transicion mil gracias
Debe pedir una reliquidacion de su pension. Anexando todos los soportes sobre los años que no fueron tenidos en cuenta.