Acuerdo 049 De 1990 – Explicado, Régimen De Transición Y Nuevas Propuestas

Explicación Acuerdo 049 de 1990

Análisis del Acuerdo 049 de 1990.

Buscamos realizar una notable exposición de los apartes de mayor importancia del Acuerdo 049 de 1990  respecto al Régimen de Transición pensional con el fin de aclarar varias dudas:

Las personas se pensionaban de acuerdo al régimen al que se encontraban afiliadas con anterioridad a la ley 100 de 1993. De esta manera, un trabajador perteneciente al sector privado cotizaba al ISS y posteriormente se pensionaba con fundamento en aquel régimen gobernado en el Acuerdo 049 del año 1990.

Contando con 55 años de edad en el caso de las mujeres o 60 años de edad en el caso de los hombres, además de 500 semanas que debía cotizarse en los últimos veinte años con anterioridad a que se cumpliera dicha edad, o bien mil semanas que se cotizaran en un período cualquiera.

Se produjeron cambios al momento de salir la Ley 100 del año 1993, como por ejemplo que la edad para pensionarse varió a 57 años en el caso de las mujeres y sesenta y dos años en el caso de los hombres, desapareciendo la pensión con quinientas semanas o bien 1.000 según el caso.

La Ley 100 en su artículo 36 ha creado el régimen de transición con la finalidad de no perjudicar las expectativas legítimas de aquellas personas que estaban cotizando y que se encontraban cercanas a pensionarse y con el cual estas personas mantienen el derecho a pensionarse con el anterior régimen:

Según el acuerdo 049 del año 1990 en el caso de los trabajadores particulares y con la ley 33 del año 1985 en el caso de los servidores públicos. Esto quiere decir que los trabajadores pertenecientes al sector privado conservaron el derecho que tenían de pensionarse con quinientas semanas cotizadas y con anterioridad al cumplimiento de la edad de pensión o sea entre los 35 y los 55 años para las mujeres y entre los cuarenta y sesenta años para los hombres.

Por otra parte, para quedar bajo el Régimen de Transición existe un requerimiento y es que al primero de Abril del año 1994 la mujer debia tener 35 años o más y el hombre, por su parte, cuarenta años o más. Se incluyen además todas aquellas personas que no tengan estas edades pero que sí acumularon a la fecha un mínimo de quince años de aportes.

Se destaca a su vez que desde el primero de Enero de 2014 la edad para la mujer será de 57 años y en el caso del hombre de sesenta y dos años. y las semanas cotizadas son 1.300.

En resumen, las condiciones son las siguientes:

• Para las mujeres, tener treinta y cinco años o más al primero de Abril de 1994 o bien demostrar que poseían más de quince años de aportes a pensión. Para los hombres, acreditar que tenían cuarenta años o más y quince años cotizando.
• El cumplimiento de las edades de pensión con anterioridad a que termine el año 2014.
• Cumplir con la cantidad de semanas que pide la antigua ley con anterioridad al 31 de Diciembre de 2014.
• Acreditar que a Julio del año 2005 poseían a lo menos 750 semanas de cotizaciones, para conservar el derecho a pensionarse con el Regimen de Transición fundamentado en el Acuerdo 049 de 1990 y la Ley 33 del 85.

¿Aumenta la edad para pensionerse?

La Anif, en el ultimo informe entregado en el 2017, propone aumentar en 5 años mas  la edad para pensionarse en Colombia, pues afirman los directivos, que en la actualidad en América Latina las personas se están pensionando en una edad promedio de 65 años y en estado Unidos 67 años.

Esta nueva reforma se debe a que en Colombia se pasaron mas de dos décadas sin hacer ninguna reforma en el sistema pensional entre 1994 y el 2014, y en la ultima reforma solo se incrementaron dos años, lo que no ha compensado en su totalidad para poder decir que hay un equilibrio.

Para el gobierno entrante en este 2018, le esperan grandes retos en el  sistema pensional , entre ellos el aumento de edad,pues como li afirma el director de la Anif, la población esta viviendo mas, es decir su expectativa de vida a aumentado, por lo que entonces nos toca trabajar mas.

esto no quiere decir que se aumenten las cotizaciones, pues las semanas serán las mismas, es decir, todo trabajador debe cotizar por los mimos 25 años para obtener su pensión, lo que cambia es la edad para realizar la solicitud, que quedaría en 62 años para las mujeres y 67 años apara los hombre.

Author: Abogado Antonio Rivas

Antonio Rivas es egresado de University of California, Berkeley. Doctor en derecho, con varias especializaciones en derecho, entre ellas: Derecho Laboral, Derecho de Familia, Derecho Migratorio, Derecho Civil y Derecho Penal. Encantado de compartir mis conocimientos por medio de este sitio web. Bendiciones y muchos éxitos.

4 thoughts on “Acuerdo 049 De 1990 – Explicado, Régimen De Transición Y Nuevas Propuestas

  1. martha marin londoño

    Excelente asesoría , Mil gracias por sus valiosos aportes .

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    1. Abogado Antonio Rivas Post author

      Con mucho gusto Martha. Gracias por su mensaje.

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  2. John Jairo Tangarife Muñoz

    Doctor cordial saludo. Exitos en sus labores. Este es mi caso: 1) Al 1o. de Abril de 1994, tenia mas de 750 semanas cotizadas. 2) En el 2010, tenia mas de 1700 semanas cotizadas. 3) Cumplo mis 60 años en Enero de 2017. Pregunta: ¿Ante estos hechos me cobija el regimen de transicion?

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    1. Abogado Antonio Rivas Post author

      Señor John Jairo en su caso no es beneficiario de la ley de transición.

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