Consulta De Semanas Cotizadas – Historia Laboral en Colpensiones

Fácil y rápido, aprenda a consultar las semanas cotizadas a pensión en Colpensiones y descargar el reporte de su historia laboral

Es importante saber que los tramites y consultas en Colpensiones son gratuitos y nadie debe cobrarle por estos servicios.

Este es un trámite que lo puede hacer usted mismo desde su casa siempre y cuando tenga una conexión a Internet.

Pasos para hacer la consulta de la historia laboral hay dos opciones

  1. Hacer la consulta sin el uso de contraseña y sin ingresar al portal (más fácil y rápido).
  2. Ingresando al portal de Colpensiones (si ya cuenta con contraseña o puede solicitar una).

Hacer la consulta sin ingresar al portal de Colpensiones

Ir a la pagina oficial de Colpensiones https://sede.colpensiones.gov.co/login solo debe seleccionar el botón «Historia laboral por email», completar sus datos e indicar la dirección de correo electrónico a la cual desea recibir el documento.

consulta semanas cotizadas colpensiones

Aunque no es necesario registrarse para obtener una copia de su historia laboral si es recomendable hacerlo para otros trámites de importancia (puede hacerlo luego o cuando prefiera).

Luego aparecerá la siguiente imagen en donde puede enviar la historia laboral a su correo electrónico sin necesidad de ingresar al portal ni registrarse.

consulta historia laboral sin registro

En esta sección también puede realizar otros tramites y consultas como:

  • Certificado de afiliación.
  • Certificado de no pensión.
  • Certificado de vinculación BEPS.
  • Enviar certificado de pensión al correo.
  • Estado de solicitud.
  • Calcular el valor de tu pensión.
  • Cálculo actuarial empleador privado.
  • Proyecta tu ahorro en BEPS.
  • Realizar peticiones, quejas, reclamos y sugerencias.

Realizar la consulta ingresando con cédula y contraseña

Si aun no esta registrado lo único que debe hacer es ingresar al portal de Colpensiones: https://sede.colpensiones.gov.co/login y en la parte inferior dar clic en el botón «Regístrate».

Veamos cada unos de los pasos a seguir:

  • Acceda a la zona de trámites y consultas https://sede.colpensiones.gov.co/login
  • En la casilla Tipo de documento seleccione el que corresponda: cédula de ciudadanía o cédula de extranjería y luego en el campo siguiente el número de su documento sin puntos, sólo los números.
  • Ingrese la contraseña que ha creado previamente durante el registro en el Portal de Trámites y Servicios en Línea de Colpensiones.
  • Ahora solo debe dar clic en el botón Iniciar sesión.

Al ingresar verá una pantalla como esta en la que puede hacer la consulta, haga clic en donde dice: «Envía tu historia laboral a tu correo electrónico»

sede virtual colpensiones historia laboral
Certificados y consultas sede electrónica en Colpensiones
  • ¿No recuerda su contraseña? puede hacer clic sobre el texto que dice «Recuperar mi cuenta» complete los datos y siga los pasos para recuperar su cuenta.
  • ¿No recuerda su correo o no tiene acceso a este? solo haga clic sobre el texto «Recuperar mi cuenta» el sistema le pedirá sus datos personales .

Ahora ya puede consultar en Colpensiones su historia laboral en menos de 1 minuto. Si tiene alguna duda no dude en dejarnos un comentario abajo, responderemos en un plazo de 48 horas.

En la parte inferior Colpensiones ha dispuesto de tres opciones como canales de contacto, como se muestra en la siguiente imagen, solo debe dar clic sobre el canal que sea más comodo para usted.

Recomendaciones finales

Le puede interesar: listado de direcciones y teléfonos de oficinas de Colpensiones a nivel nacional.

No debemos olvidar que el registro de las semanas cotizadas es el que nos va a permitir en un futuro acceder a la pensión cuando cumplamos los requisitos de ley.

NOTA IMPORTANTE: siempre guarde una copia en la nube (Servicios como Google Drive o One Drive son muy recomendados.) y en una memoria USB, es mejor tener doble respaldo que uno solo.

Para esto el portal de Colpensiones nos facilita la información, dando así la posibilidad de llevar un mejor control y conocimiento sobre los aportes que se realizan al sistema general de pensiones.

Al tener nuestra historia laboral actualizada en muchas ocasiones es una gran ventaja, la cual en puede ser solicitada por la empresa a la que deseamos ingresar con el fin de corroborar la experiencia y trabajos obtenidos.

Le puede interesar: como obterner el certificado de Colpensiones.

Esperamos que esta información sea de su ayuda.

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Abogado Antonio Rivas

Abogado Antonio Rivas

Antonio Rivas es egresado de University of California, Berkeley. Doctor en derecho, con varias especializaciones en derecho, entre ellas: Derecho Laboral, Derecho de Familia, Derecho Migratorio, Derecho Civil y Derecho Penal. Encantado de compartir mis conocimientos por medio de este sitio web.

Bendiciones y muchos éxitos.

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1.344 comentarios

  1. Muy buenas noches: Mi inquietud es la siguiente: Tengo 53 años de edad y tengo cotizado en el seguro 1.495 semanas. Dejé de cotizar hace tres años por terminación de contrato laboral. Coticé sobre 2 salarios mínimos, durante 21 años. No tengo empleo, pero trabajo independientemente. Mí pregunta es la siguiente: ¿será que puedo seguir cotizando independientemente para pensionarme sobre 2 salarios mínimos y sí me cobija la ley vieja ó sea que puedo pensionarme a los 60 años de edad?. Favor sacarme de la duda ya que no sé que hacer. Muchas gracias por su respuesta.

    • Señor Albeiro, el regimen de transición no lo beneficia segun su edad de 52 años, por lo tanto se pensiona con el regimen actual (62 años y 1.300 semanas cotizadas). Puede continuar cotizando como independiente, solo debe ir a una oficina Colpensiones y actualizar su información.

  2. Gracias doctor Rivas por tomarse el tiempo de contestar nuestras preguntas. Mi caso es el siguiente:
    Tengo 60 años cumplidos en octubre del 2014 y en este momento llevo varios años cotizando como trabajador independiente después de haber trabajado con varias empresas. Hasta marzo del 2015 tengo aportadas a Colpensiones 1077 semanas, es decir que cuando cumpla 62 habré completado más o menos 1150 semanas, por lo tanto para completar 1300 me harían falta aproximadamente 150 semanas.

    Una de las empresas con la que trabajé presenta mora en el pago por aproximadamente 200 semanas. Mi relación con esta Empresa no está en buenos términos y no quiero acercarme a ellos a pedirles que paguen ni tampoco quiero entablar ninguna confrontación con ellos, ni quiero pedirles que me autorizen que yo pague la deuda.

    Mi pregunta es la siguiente: ¿puedo yo pagar esta deuda lo más pronto posible sin informarles a ellos?

    • Doctor Rivas, me olvidé comentarle que al pagar estas 200 semanas, completaría aproximadamente 1350 semanas en octubre del 2016 cuando cumpla 62 años.
      Gracias nuevamente por su tiempo
      Hector

      • Si, como le dije puede, pensionarse sin tener las 1.300 semanas o si está en la capacidad de pagarlas lo que es mucho mejor.

    • Señor Hector, puede pagar siempre y cuando esas semanas semanas aparezcan en mora, veo que dice que es asi, por lo tanto puede cancelarlas acogiendose al acuerdo 027 de 1993. Ahora bien, con 1.150 semanas es posible solicitar la pensión solicitando la garantía de pensión minima.

  3. Buenas noches. Tengo 58 años y tengo mil semanas cotizadas. Y actualmente sigo cotizando. ¿Tengo derecho a la pension? Ya que estoy en colpensiones. Muchas gracias por su repuesta oportuna.

    • Señora Marlene, debe completar mínimo 1.150 semanas cotizadas si se acoge a la garantía de pensión mínima o 1.300 semanas sin acogerse a ningún beneficio.

  4. Buenas tardes mi consulta es la siguiente yo tengo 400 semanas cotizadas pero hace como 25 años no seguí cotizando, en el momento tengo 60 años, ¿que debo hacer para devolución de esos aportes y a que edad puedo reclamar esos aportes? gracias.

    • Señor Jose, el procedimiento a solicitar es la Indemniación Sustitutiva (devolucion de aportes). Puede solicitarla cuando cumpla la edad de pensión.

  5. Buenas tardes cometi el grave error de pasarme para un fondo de pensiones privado y ahora deseo nuevamente pertenecer a Colpensiones, envie la solicitud y me fue negada, que otro procedimiento o puedo realizar para que sea analizado mi caso .

    Mil gracias por su respuesta oportuna

    MARIA DORIS RINCON ARBELAEZ

    • Hola Doris, si tiene mas de 47 o mas años no puede trasladarse a Colpensiones y debe pensionarse con ese fondo privado. No hay nada que se pueda hacer. Desafortunadamente hizo una mala elección ya que estos fondos pensionan a las personas con menos del 50% de lo que deben recibir.

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