Seguro Social Colombiano: Listado de Solicitudes En Proceso De Notificación

Solucionadas Las Pensiones Retrasadas del Seguro Social Colombiano

Seguro Social ColombiaSe solucionarán en máximo 4 meses, las pensiones tramitadas ante el seguro social colombia (ISS) una vez pasen a Colpensiones, destacó el vicepresidente comercial de la administradora del Régimen de Prima Media.

Sin embargo, el instituto del seguro social colombia (ISS) tiene tiempo de un año para trasladar estos procesos antes de culminar su liquidación. Es decir, a los cuatro meses que se demore Colpensiones, habría que sumarle un año o menos dependiendo del plazo que tarde el instituto del seguro social colombia (ISS).

Como ahorrarse una fase del proceso de pensión del Seguro Social Colombia

“Puede evitarse una fase del proceso pasando los documentos de nuevo a Colpensiones la persona que aún conserve las copias y que pasó los papeles al instituto del seguro social Colombia (ISS); de esta manera podrá agilizar el trámite ”.

Demorará máximo cuatro meses en este caso. Declaró el funcionario que en el instituto del seguro social de Colombia (ISS), se quedaron 400 mil trámites por solucionar, y que hasta el momento, dos meses después, han trasladado a Colpensiones 180 mil que se están solucionando aún.

«Aunque éstos, no son únicamente de pensiones, también de re-liquidación, arreglo de historia laboral y otros que aún se deben resolver», explicó, se esta brindando la asesoría y acompañamiento necesario.

Esto con el fin de agilizar las solicitudes y dar una  mejor atención a nuestros cliente y  futuros pensionados.

En el tiempo que lleva Colpensiones en la administración se ha logrado un avance significativo en el otorgamiento  de pensiones retrasadas del Iss, lo ha dejado a la nueva entidad con muy buena percepción sobre los colombianos.

Listado de personas en proceso de Notificación

Hoy es satisfactorio entrega el informe de que en el momento se encuentran 276 solicitudes de reconocimiento por resolver, para lo que ha dispuesto en su portal web de un listado con aquellas personas que están penitentes por ser notificados a cerca de su solicitud de reconocimiento.

Si usted se encuentra en el listado, o su caso lo lleva un tercero, debe acercarse de manera personal ante cualquier punto de servicio al cliente de Colpensiones en el país, según el acuerdo del 2011 en base al  articulo 68 de la ley 1437.

Ya son noticias viejas el hecho de que el  Instituto del Seguro Social Colombiano se encuentra en crisis, pues el día de hoy es una entidad con suficiente solvencia financiera, la cual presta los servicios de salud a toda la comunidad de una manera mas eficiente.

 

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Abogado Antonio Rivas

Abogado Antonio Rivas

Antonio Rivas es egresado de University of California, Berkeley. Doctor en derecho, con varias especializaciones en derecho, entre ellas: Derecho Laboral, Derecho de Familia, Derecho Migratorio, Derecho Civil y Derecho Penal. Encantado de compartir mis conocimientos por medio de este sitio web.

Bendiciones y muchos éxitos.

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35 comentarios

  1. ¿Se puede realizar aportes adicionales a la pensión? ¿Qué trámite se debe realizar y qué beneficios tiene?.

    • Que tal Jhon, Los aportes adicionales a pensión solo operan en el régimen de ahorro individual operado por los fondos privados. En el régimen de prima media solo puede pagar máximo un año, pero no se tiene en cuenta como algo adicional.

  2. Buenos días Doctor.

    En el año 1992 ingrese a la secretaria de educación como temporal y en 1993 fui nombrada en propiedad me retire de dicha entidad en el 2006 y no seguí cotizando y en la actualidad tengo 48 años, mi pregunta es podre aun seguir cotizando o que debo hacer? y por otra parte desde cuando inicie como temporal siempre cotice al ISS y no me aparecen unos años, hice la reclamación y me notificaron que al momento de pensionarme debería de solicitar unos bonos pensionales la verdad no entendí ni tampoco como se tramitan.

    Doctor agradezco su colaboración y de ser posible esta asesoría

    Cordialmente,

    MA.EUGENIA TORRES

    • Hola Maria Eugenia, aun puede seguir cotizando y lograr su pensión a los 57 años de edad y si completa por lo menos 1.300 semanas. Las semanas cotizadas que tiene pendiente es mejor que solicite la corrección de su historial laboral y se sumen al total que tiene en este momento y no al final reclamar unos bonos.

  3. Doctor buenos días tengo 56 años y 1504 semanas cotizadas desde 1981 a los cuantos años me pensionaría?, y si es necesario seguir cotizando, quiero saber si me acoge alguna ley de transición o que beneficio alcanzaría a acogerme, haber si me puedo pensionar a los 57 años.

    Agradezco la atención prestada y quedo pendiente de sus comentarios.

    • Hola Leonardo, no lo beneficia la ley de transición, y se pensionaría cuando cumpla 62 años de edad. Las semanas tiene mas del mínimo que son 1.300.

    • En la pagina principal, vaya al articulo Colpensiones Historia Laboral, allí puede hacer su consulta online, también hay un vídeo que explica como debe hacerlo.

  4. Quiero saber cuanto tiempo llevo cotizado para la pensión ya que desde el año 2011 fui afiliada al seguro Social para pensiones y a la fecha no he sabido nada

    • Vaya al menu principal y de clic en «Colpensiones Historia Laboral» alli se explica paso a paso como debe hacer la consulta.

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