El Instituto Del Seguro Social Anuncia: Que Conservará Su Estado De Liquidación

El Instituto Del Seguro Social Anuncia  Que Conservará Su Estado De Liquidación

Seguro Social ahora ColpensionesEl Instituto del seguro social  en Liquidación, según el decreto 2013 de 2012, conservará su capacidad para:

Avanzar los procedimientos de cobro coactivo por concepto de contribuciones al seguro social, que aparezcan en curso a la entrada en vigor del decreto 2013 de 2012.

Hizo entrega un término  de  seis (6) meses, con el único objeto de no afectar la prestación del servicio público en pensiones, se conservo el ejercicio de la protección en las acciones de tutela vinculadas con la administración del Régimen de Prima Media con Prestación Definida.

Este mecanismo se realizo con el fin de que las solicitudes que  fueron recibidas con anterioridad y estaban en curso al momento de entrada en vigencia del actual decreto no se afectaran y fueran suspendidas.

Le correspondió a COLPENSIONES (entidad que asumió el cargo del ISS), la ejecución de los fallos de tutela relacionados con la administración del Régimen de Prima Media con Prestación Definida.

Este realizado de manera satisfactoria en un plazo de tres (3) meses, Colpensiones logró atender los procedimientos judiciales en curso obtenidos de su gestión como administrador del Régimen de Prima Media con Prestación Definida contados a partir de la entrada en vigencia del decreto 2013 de 2012.

Después de la  terminación de estas jornadas intensas, todos los procedimientos que no se han solicitado  deberán ser transmitidos a COLPENSIONES entidad que continuará con la gestión correspondiente.

Si todavía tiene temas pendientes que resolver con respecto a su pensión, Colpensiones ha dispuesto en su pagina web un listados de las cédulas que se encuentran con procesos pendientes por la validación de las cotizaciones y/o la pensión

Si es una de estas personas del listado, o su  caso lo esta manejando un tercero debe dirigirse con los documentos de identidad en mano,  o respectivos poderes para realizar las diligencias, a cualquiera de las oficinas disponibles del país.

Sera atendido con gusto por agentes de nuestro personal altamente calificado, que brindaran respuesta a sus solicitudes, en pro de dar el mejor servicio.

 

Instituto de Seguro Social  Termina Labores con el Desarrollo de Actividades Inherentes a la Administración Pensional

En propósito de terminar las labores administrativas de manera definitiva, se realizaron las actividades inherentes a la administración.

Con el  pago de los derechos y obligaciones pensionales legalmente identificados por el liquidado Instituto de seguro social  en su calidad de empleador hasta la fecha en que la UGPP las reciba y las pensiones pasen a ser abonadas por el Fondo de Pensiones Públicas del nivel nacional FOPEP.

También, administro los recaudos de las cuotas partes pensionales por cobrar y por pagar identificadas con anterioridad a la entrada en vigencia del decreto 2013 de 2012.

Entonces se puede decir que, fueron  atendidos de manera satisfactoria por el liquidado ISS, todos los aquellos trámites, procesos y procedimientos no vinculados con la administración del Régimen de Prima Media con Prestación Definida dentro del marco normativo fijado para la liquidación.

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Abogado Antonio Rivas

Abogado Antonio Rivas

Antonio Rivas es egresado de University of California, Berkeley. Doctor en derecho, con varias especializaciones en derecho, entre ellas: Derecho Laboral, Derecho de Familia, Derecho Migratorio, Derecho Civil y Derecho Penal. Encantado de compartir mis conocimientos por medio de este sitio web.

Bendiciones y muchos éxitos.

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50 comentarios

  1. Dr soy una persona de 72 años y no estoy muy ducha en manejar las páginas por lo tanto le pido el favor si me puede escribir la pagina en la que usted dice para hacer la descarga.

  2. Hola. cuando estaba el seguro social tenia pensiones y cesantias con esta entidad. al cambiar a colpensiones quisiera saber donde quedan mis cesantias.

    gracias

    • Hola Sofia, absolutamente todo paso a manejarlo Colpensiones, es el «nuevo» administrador del sistema general de pensiones.

  3. muchas gracias por esta herramienta tan facil para nosotros poder consultar nuestra información.
    bueno en mi caso consulte mi estado de semanas cotizadas y no estan incluidos los anos 2000, 2001 y 2002 en ese tiempo yo era empleada del seguro social en el Centro Nacional de Documentación CND.
    por otra parte me gustaría saber si yo puedo volver a cotizar para pensión?
    en espera de pronta respuesta.

    muchas gracias

    Monica

    • Hola Monica, claro que puede volver a cotizar sin problema. Las semanas que le faltan debe solicitar una corrección a su historia laboral ante Colpensiones.

  4. Doctor muy buenas tardes es para ver si usted me puede ayudar con relación a unas sentencias que fueron radicadas en el I.S.S. en liquidación el 21 de enero de 2014 y hasta hoy 10 de marzo de 2014 no ha sido posible que nos den una respuesta física ni verbal y esto se trata de una REPARACION DIRECTA fallada por el H. CONSEJO DE ESTADO en contra del I.S.S. por fallas en el servicio.

    GRACIAS ESPERANDO SU PRONTA RESPUESTA.

    • Si se necesita asesoría jurídica por parte de nuestro equipo solo responda este comentario y el abogado designado le enviará un correo.

      • Doctor buenos dias. Por favor orienteme como van ha quedar las reclamaciones por concepto de reparacion directa. En mi caso presente cuenta de cobro con todos los soportes a principio de septiembre de 2012 , me dieron la radicación ISS, al mes, me contesto el Dr Mauricio Guevara Dib pidiendo enviara unos documentos y casi que inmediatamente se declara la liquidación del seguro. Después de un «limbo» informativo de unos meses, en donde no obtuve respuesta a ninguna solicitud, volví a radicar la cuenta de cobro en abril de 2013 me dieron otro numero de radicación con un sello de EXTEMPORANEA, y posterior a esto no he recibido mas información. Dígame que hago?

        • Lo primero que debe hacer para conocer el estado del proceso actual de la actual cuenta de cobro es un derecho de petición el cual deben responder en un plazo no mayor a 15 días sin falta. Dependiendo de la respuesta se define el paso a seguir.

          • Buenos días. Gracias Dr. por su pronta respuesta. El tema es que he interpuesto dos derechos de petición ante el liquidador saliente Dr. Mauricio Vergara Dib y este no respondió a los mismos. Actualmente tengo conocimiento que el Dr Felipe Negret Mosquera es el apoderado general del Iss en liquidación, pero no se si todavía lo es, y a que direccion dirijo la correspondencia. Estaré atenta

          • Con un solo derecho de petición es suficiente, cuando no se obtiene una respuesta a un derecho de petición se debe proceder a la acción de tutela.

  5. Buenas noches como puedo hacer, para que unas de las empresa pague los aportes que dejo de cancelar, pero si nos descontaba del salario para supuesta mente pagar al fondo de pensiones… fueron como 2 o 3 años gracias por su colaboración

    • En la parte superior derecha de clic en banner, allí explicamos muy claramente el procedimiento a seguir para recuperar sus semanas.

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