Las Cotizaciones Del Seguro Social Se Pueden Acumular o Trasladar

Se Pueden Acumular O Trasladar Las Cotizaciones Del Seguro Social Para La Pensión De Vejez

La sala segunda de revisión de la corte constitucional, protegió el derecho a la seguridad social de una persona a la cual se le negó la comprobación de su pensión de vejez, argumentando el incumplimiento de dicha condición.

Dicha protección estuvo basada en que para acceder a la pensión de vejez bajo el régimen de transición, no es necesario que las cotizaciones del seguro social se hayan realizado de manera exclusiva al instituto, pues esta condición no está prevista en la legislación.

La Corte indicó: “El argumento expresado por el instituto de seguros sociales, (ahora Colpensiones) para contradecir el reconocimiento de la pensión de vejez a esa persona, fue inaceptable desde todo punto de vista para esta sala.

Su negativa quebrantó el derecho fundamental a la seguridad social de la peticionaria, al imposibilitarle el derecho de manera injustificada a la pensión de vejez ”.

El tiempo es clave para contabilizar el número de semanas requeridas en las cotizaciones del seSe pueden acumular las cotizaciones del seguro socialguro social

Explicó el alto tribunal que, los requerimientos para alcanzar los beneficios del sistema general de seguridad social, no se acreditan ante las entidades que lo conformen sino que se efectúa ante el sistema.

El artículo 36 de la Ley 100 de 1993 limitó el régimen de transición a solo tres condiciones: tiempo, edad y monto. Especificando lo que significa el tiempo, indica que debe acumularse para contabilizar el número de semanas requeridas en las cotizaciones del seguro social.

Se indicó ademas, que la comprobación de la edad y el tiempo de servicio o número de cotizaciones del seguro social, debe realizarse acorde a las condiciones del régimen al cual se encontraba afiliada la ejecutante, al momento de entrar en vigencia del sistema general de seguridad social en pensiones.

Todo es realizado pensando en protección de los cuidadnos y  sus derechos a una vejez digna, pues el reconocer las semanas cotizadas en el antiguo ISS, es reconocer y respetar la ley que ampara la seguridad social del país.

Si usted necesita realizar el traslado y reconociemitno de las semanas cotizas, debe dirigirse a la nueva entidad Colpensiones, que es la actual administrado del instituto del seguro Social del gobierno Colombiano, ademas de ser el ente regulado de todas las AFP, Administradoras de fondos de Pensión Privados.

Entonces puede estar tranquilo, pues sus aportes hechos al sistema de pensiones y el registro de sus semanas cotizadas, tendrán el traslado correspondiente, sin ningún cambio o alteración.

Author: Abogado Antonio Rivas

Antonio Rivas es egresado de University of California, Berkeley. Doctor en derecho, con varias especializaciones en derecho, entre ellas: Derecho Laboral, Derecho de Familia, Derecho Migratorio, Derecho Civil y Derecho Penal. Encantado de compartir mis conocimientos por medio de este sitio web. Bendiciones y muchos éxitos.

17 thoughts on “Las Cotizaciones Del Seguro Social Se Pueden Acumular o Trasladar

  1. lucia salazar perez

    mi hermana cotizo al seguro social pension, le dicen que tiene 125 semanas cotizadas, al mirar la historia le quitaron dos años de cotizacion que porque el patron la afilio mal le descontaron todas estas semanas, ahora tiene 50 años y no tiene con que pagar pension, para ingresar a Prosperar necesita 250 semanas cotizadas, que puede hacer para acumular lo que le falta y poder ingresar donde le pueden ayudar con la cotizacion de pension? mil gracias por su ayuda. lucia salazar perez.

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    1. Abogado Antonio Rivas Post author

      Hola lucia, si la empresa o empleador que no le pago correctamente aun existe puede solicitarle a el empleador que cancele o iniciar un proceso en contra de la empresa, sino existe, y si las semanas figuran en mora puede cancelarlas en este momento bajo el acuerdo 027 de 1994.

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  2. Henry

    Buenos dias Doctor; quisiera preguntarle que debo hacer para que las semanas que cotize en la desaparecida CAJANAL me sean sumadas con las de el seguro social o a Colpensiones. Alli estuve desde el año 84 al 92. Muchas gracias.

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    1. Abogado Antonio Rivas Post author

      Hola Henrry, debe solicitar una corrección de su historia laboral con el debido diligenciamiento de los formularios establecidos por Colpensiones, en el menu principal esta la pagina correspondiente que explica el proceso.

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  3. MARTHA AURORA PEÑA DE VELASQUEZ

    Tengo 24 años de servicios y 55 de edad, he solicitado mi pension por vejez y Colpensiones me la negó porque no cumplia con las semanas correspondientes para dicho tramite.
    La verdad es que los primeros ocho años de labores no me cotizaron pension siendo mi contrato indefinido y en años posteriores algunas inconsistencias.

    Acudo a usted con mucho respeto para que me acesore y ver que solución me puede dar la empresa ya que ella también me la negó.

    Agradeciendo de antemano la colaboración prestada y esperando su pronta respuesta.

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    1. Abogado Antonio Rivas Post author

      Hola Martha, Debe solucionar las semanas que le faltan y las inconsistencias, y en caso que le sea imposible recuperar esas semanas puede pagarlas siempre y cuando figuren en mora.

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