En Colpensiones Todo Es Gratuito Así Que No Se Deje Engañar
Los Directivos de Colpensiones, resaltaron que los trámites y formularios de Colpensiones son totalmente gratuitos, por lo que los usuarios no necesitarán de tramitadores o abogados para consultar su historia laboral o solicitar su pensión.
Señalaron:
“Los usuarios de Colpensiones tienen dos puntos de atención, las oficinas reales, que es donde la gente va, hace sus trámites y los radica, y las oficinas virtuales desde el punto de vista de call center y página web, lo qué permite la facilidad de los trámites.
Hoy en día desde la pagina web la persona puede descargar y consultar su historia laboral y los certificados de afiliación, es decir, lo puede hacer directamente desde su casa sin tener que ir a una oficina, sin tener que desplazarse”.
Son descargables todos los formatos del sitio web de Colpensiones y no tienen ningún precio, así que no se deje timar por las personas que intenten venderle formularios o que le cobren por algún procedimiento.
Desde el portal virtual puede tener acceso a revisar su aportes realizados, y el tiempo de cada uno de ellos, lo que le permite mantener un control de sus ahorros, así como también de los empleadores realicen los pagos respectivos.
Así es posible evitar malos entendidos a la hora de presentar la solicitud de su pensión, ya que como requisito le exigirán un determinado numero de semanas cotizadas, ademas de cumplir con la edad, entre otras cosas.
Ventajas De Estar Afiliado A Colpensiones
Al ser Colpensiones el Administrador de Pensiones del estado, es una entidad financiera especial que se encuentra vinculada al Ministerio del Trabajo, al se la entidad encargada de Administrar El Régimen de Prima Media, ademas de el Sistema de Ahorro de Beneficios Económicos Periódicos BEPS.
Si usted se encuentra afiliado a Colpensiones o esta buscando quien administre sus ahorros, tenga en cuenta lo siguiente:
Al hacer parte de este régimen encontrara que sus ahorros están debidamente respaldados y protegidos.
Al momento de ser liquidado por la empresa para la que trabaja, Colpensiones vela y garantiza el pago correspondiente a las prestaciones legales vigentes, ademas de que le reconozcan todos los beneficios a los que tiene derecho.
Si usted o su empresa realiza los pagos de sus aportes de manera adecuada si llega a a padecer de una enfermedad o un accidente derivado del trabajo, este se tomara como accidente laboral, y en caso de incapacidad, se le pagara al trabajador lo correspondiente por este hecho.
Y en caso de invalidez, se harán los exámenes y solicitudes pertinente, para que el trabajador sea evaluado por un grupo médico para determinar si llega a ser el caso, en darle la pensión.
Haga parte ahora mismo del los millones de beneficiados.
Doctor Rivas: Como o que debo hacer para que se me reintegren unas semanas que aun me quedan por reclamarle a Colpensiones, ya que hace algún tiempo decidií no cotizar más para pensión y valiendome de un abogado retiré la mayoria de lo que había cotizado, pero informandome que aun quedaban más semanas por cobrar. Gracias por la ayuda que me pueda ofrecer.
Señor Jose, lo debe hacer mediante la indemnización sustitutiva que es el procedimiento para solicitarle a Colpensiones que le devuelva esos aportes. Pero antes debe consultar en esa entidad cuantas semanas tiene y si efetivamente estan alli en su cuenta.
Buenas noches doctor le agradecería me respondiera a mi correo personal esta consulta, me faltan semanas para cotizar (aunque en la historia laboral no me aparecen algunas semanas ) igual no alcanzo a hacer todo lo exigido. Tengo 56 años y quisiera saber si puedo reclamar aportes aunque sean parciales o si tengo derecho a pensión proporcional.
Empece a trabajar en el año 1979 y he tenido recesos por eso la falta de algunas semanas. Muchas gracias.
Señora Teresa, cuando cumpla 57 años puede solicitar la devolución del 100% de los aportes. El procedimiento se conoce como indemnización sustitutiva.
Por favor me puede indicar cuanto tiempo se tarda para que mi historia laboral ya salga con la correccion?. Muchas gracias por su pronta informacion.
Hola Alicia, entre uno y dos meses.
Doctor Rivas: Aclarando la pregunta que le hice el día 07-05-2014 a las 20:06 referente a si yo llegara a fallecer estando cotizando semanas para pensión gracias a la ayuda que estoy recibiendo a través de «Colombia mayor» y que Ud. me contesto muy rápida y eficazmente 52 minutos después, se refiere a 3 años cotizados ¿con esta ayuda del gobierno o puede ser del tiempo anteriormente cotizado? y que requisitos debe cumplir mi esposa en caso tal? GRACIAS.
Hola William, los 3 años cotizados deben ser inmediatamente anterior a deceso, no importa si es subsidiado o no. Los requisitos son los establecidos para la pensión de sobrevivientes
Doctor Rivas, estoy cotizando ya para pensión gracias al subsidio que el gobierno me ofrece a través del consorcio «Colombia mayor», solicite y ya me llego también el certificado para bono pensional que me expidió la policía nacional por 9 años 3 meses 27 días de servicio continuo en la institución, la pregunta es: ¿Que hago con ese bono, lo llevo a Colpensiones o que debo hacer? GRACIAS.
Hola William, debe presentarlo en Colpensiones, para que se sume a los aportes de su cuenta.